Reglamento general de calificación académica

Artículo 66.

Todos los plazos señalados en este Reglamento, se entenderán de días hábiles, considerándose inhábil el día sábado.

Artículo 67.

Los efectos del proceso se entienden suspendidos mientras no se resuelvan las apelaciones interpuestas.

Artículo 68.

Derógase el D.U. Nº 3598 de 11 de noviembre de 1994

Compartir:
https://uchile.cl/u4880
Copiar