Décima Cuarta Sesión Ordinaria, martes 16 de diciembre del año 2003

C i t a c i ó n

Por encargo del señor Rector tengo el agrado de invitar y citar a usted a la décima cuarta sesión ordinaria del Consejo Universitario, que se realizará el día martes 16 de diciembre del año 2003 a las 9:00 hrs. en la Sala Eloísa Díaz, 2° piso Casa Central.

Tabla 

  1. Aprobación delacta correspondiente a XIII sesión ordinaria, de25 de noviembre 2003.
  2. Cuenta.
  3. Proposiciónpara designar Directores de la Editorial Universitaria
  4. Modificaciones alarticulado Proyecto de Estatuto de la Universidad de Chile
  5. Proyecto Parque Científico Tecnológico Caren
  6. PresupuestoFondo General año 2004.
  7. Varios.

Nota:

  1. ActaXIII sesión ordinaria 25.11. 03.
  2. Antecedentes sobre el punto 4 de la tabla.

Los antecedentes correspondientes al punto 6 de la tabla serán distribuidos directamente por la Vicerrectoría de Economía y Gestión Institucional.

Saluda atentamente a Ud.,


ANTONIO ZAPATA CACERES
Secretario General (S)
Secretario Consejo Universitario



ACUERDOS 14ª SESION

ACUERDO Nº49

El Consejo Universitario aprueba modificar el artículo 26 del proyecto de Estatuto de la Universidad de Chile aprobado en la quinta sesión ordinaria, realizada el día martes 4 de junio del año 2002, quedando, en consecuencia el texto del mencionado artículo del siguiente tenor:

"Artículo 26

Los Centros son unidades universitarias, temporales o permanentes, que cumplen tareas en ámbitos específicos o estratégicos y podrán prestar y organizar servicios en áreas de su competencia. Se constituirán por acuerdo del Consejo Universitario, a propuesta de una Facultad o del Rector.

Los académicos de los Centros mantendrán sus unidades de adscripción, conservando con éstas los compromisos de docencia y extensión u otros que les sean requeridos. Los Centros podrán, además, contar con profesionales, estudiantes y miembros externos a la Universidad de Chile y establecer vínculos con otras instituciones. Serán dirigidos por un Director, con las características de idoneidad, calidad y competencia que la función demande, que será nombrado por el Rector o por quien corresponda, y permanecerá en ejercicio mientras cuente con la confianza de quien lo nombró. "


ACUERDO N°50

El Consejo Universitario aprueba la ejecución de la primera etapa del proyecto de construcción del Parque Científico Tecnológico de la Universidad de Chile, en el sector Laguna Caren, Región Metropolitana, en los términos contenidos en el documento de su Comisión de Economía, Finanzas y Política del Personal denominado“Informe Proyecto Caren, Parque Científico Tecnológico”.

Para estos efectos La Fundación Valle Lo Aguirre será la Unidad Ejecutora del proyecto debiendo ajustarse a las instrucciones que establezca la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional.

Para financiar dicha primera etapa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9°, letraf) del DFL 153, de 1981, Estatuto de la Universidad de Chile, el Consejo Universitario aprueba la contratación de uno o más empréstitos con bancos nacionales o extranjeros. El monto de dichos créditos no podrá exceder la suma de US$20.000.000, o su equivalente en otras monedas extranjeras o en moneda nacional. El servicio de la deuda se hará con cargo a la generación de ingresos del propio proyecto.

Con el objeto de dar cabal y oportuno cumplimiento a lo dispuesto enla Ley Nº19.767, de 3 de noviembre de 2001, modificada por la Ley 19.847, de 19 de noviembre de 2002 y por la Ley 19.908, del 3 de octubre de 2003, la Universidad de Chile a través de la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional velará por la obtención de las mejores condiciones del o los créditos así como por el cumplimiento de las obligaciones que la Universidad contraiga en relación con la contratación de los mismos, en especial las referidas en la citada Ley.

Dentro de las opciones de crédito exploradas con distintos bancos y presentadas para su conocimiento al Consejo Universitario en la presente sesión, se acuerda como primera y mejor opción contratar con el Bancode Chile, dejando abierta la posibilidad de optar por la segunda mejor opción, la del Banco Santander Santiago, para el caso de que algún imprevisto impidiera contratar con el Banco de Chile, de acuerdo con la proposición que como Anexo seadjunta. (Anexo 1 de la presente acta).

Una comisión integrado por miembros del Consejo Universitario ejercerá los mecanismos de control y seguimiento que permita asegurar los flujos esperados para el servicio de la deuda y la correcta ejecución del proyecto, informando periódicamente al citado Consejo de su gestión.

Asimismo, se faculta a la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional en conjunto con la Dirección Jurídica de la Universidad de Chile para acordar los términos de los documentos jurídicos que deban suscribirse para el correcto cumplimiento de este acuerdo.

 

 
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