Octava Sesión Ordinaria, Martes 26 de Septiembre del Año 2006

C i t a c i ó n

Por encargo del señor Rector, tengo el agrado de invitar y citar a usted a la octava sesión ordinaria del Consejo Universitario el martes 26 de septiembre a las 9:00 hrs, en la Sala Eloísa Díaz, 2º piso Casa Central.

Tabla

  1. Aprobación delacta correspondiente a la VII sesión ordinaria, de 5 de septiembre de 2006.
  2. Cuenta.
  3. Proyecto de Desarrollo Institucional: Informe de los Decanos/as y Directores/as de Institutos acerca del estado de avance en sus unidades.
  4. Proyecto de Desarrollo de las Humanidades, las Artes y las Ciencias Sociales: Informe de Avance.
  5. Reconducción de Créditos Bancarios Consorcio de Bancos y Renovación de Líneas de Crédito  autorizadas.
  6. Suplemento presupuestario DEMRE año 2006. Costos incrementales proceso año 2006  (ingreso a primer año 2007)  asociados al aumento en la inscripción para la PSU - Becas otorgadas por la JUNAEB.
  7. Informe avance del proceso de venta de propiedades universitarias autorizadas por el Consejo Universitario
  8. Varios.

Nota:

  • Asistirán como invitados a la sesión los Sres. Vicerrectores. Además, se invita a los Sres/as Directores/as de Institutos para los puntos 3 y 4 de la tabla.
  • Con relación a los antecedentes sobre los puntos de tabla, se hace presente que se distribuye electrónicamente el Acta correspondiente a la VII sesión ordinaria, de 5 septiembre de 2006. Distribución electrónica y los documentos sobre los puntos 5, 6 y 7 de la tabla.

Saluda atentamente a Ud.,

ROBERTO LA ROSA HERNÁNDEZ
Secretario General (S)
Secretario Consejo Universitario




ACUERDOS 8ª SESION

ACUERDO Nº44

El Consejo Universitario acuerda ratificar la consolidación y reprogramación de la deuda efectuada el año 2004 por UF 60.133,8621 con el Banco de Chile, oportunidad en que se estableció como plazo máximo para el servicio de la deuda el 10 de marzo de 2006, según consta de pagaré Nº 61.957, de fecha 18 de junio de 1991; Nº 99.619, de fecha 15 de marzo de 1993; y Nº 324826 de fecha 22 de diciembre de 1992.

Para los efectos señalados precedentemente, declárense como válidos los documentos representativos del crédito suscritos por el Sr. Rector y sus reprogramaciones por los montos y dentro de los plazos antes indicados.

Del mismo modo, el Consejo Universitario autoriza la conversión de la deuda que la Universidad de Chile mantiene con el Banco de Chile, la que, al 10 de marzo de 2006, asciende a la cantidad de UF 46.900,1177.

El crédito devengará un interés igual a la tasa TAB base ciento ochenta días, más un spread de uno coma ochenta y cinco por ciento, todo ello en base anual. El plazo máximo de restitución del capital insoluto del crédito, será el día 10 de marzo de 2010.


ACUERDO Nº45

El Consejo Universitario acuerda ratificar la reprogramación y reconocimiento de deuda que determina la consolidación de la deuda efectuada en el año 2004 por UF 576.092,6017 con el Banco Santander-Chile con vencimiento al 10 de marzo de 2006, y autoriza la conversión de la deuda que la Universidad de Chile mantenía al 10 de marzo de 2006, con el Banco Santander-Chile por la cantidad de UF 448.072,09510, en las condiciones que se establecen a continuación:

El crédito devengará un interés igual a la tasa TAB base noventa días, más un spread de uno coma ochenta y cinco por ciento, todo ello en base anual. El plazo máximo de restitución del capital insoluto del crédito y los intereses pactados será el día 10 de marzo de 2010.

Para los efectos señalados precedentemente, decláranse validamente celebrados los contratos de Reconocimiento y Reprogramación de deuda celebrados entre la Universidad de Chile y el Banco Santander-Chile, mediante escrituras públicas de fecha 31 de marzo del 2004, otorgada ante el notario público de Santiago, don Gonzalo de la Cuadra Fabres y escrituras públicas de fecha 31 de marzo del 2006, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Cosme Fernando Gomila Gatica.


ACUERDO Nº46

El Consejo Universitario autoriza la conversión de la deuda que la Universidad de Chile mantiene con el Banco del Desarrollo por un monto de dos mil ocho millones novecientos cincuenta mil ochocientos sesenta y cuatro pesos, suscritos al amparo de la Línea de Crédito autorizada por Decreto Universitario Nº 4674, de fecha 2 de agosto del año 2000 y sus modificaciones posteriores, cuyo plazo máximo de restituciónera el 10 de marzo de 2006, la que se encuentra garantizada con la recaudación de los derechos básicos y aranceles, tanto respecto de alumnos nuevos como antiguos correspondientes a los períodos anuales en que el Convenio de Recaudación y Mandato de Cobro se encuentre vigente.

Asimismo, autoriza la renovación de la línea de crédito de corto plazo antes individualizada,por la suma de hasta dos mil novecientos millones de pesos, para amortizar la deuda indicada en el párrafo precedente y asegurar la continuidad y disponibilidad de recursos económicos en la Caja de la Universidad, para el oportuno y debido pago de gastos presupuestarios .

Los respectivos créditos contraídos al amparo de esta línea de crédito, se contratarán en las condiciones de mercado vigentes a la fecha de la suscripción de cada uno de éstos. El plazo máximo para el servicio de la deuda será el 10 de marzo de 2010.


 ACUERDO Nº47

El Consejo Universitario autoriza la conversión de la deuda que la Universidad de Chile mantiene con el Banco del Desarrollo, que al 10 de marzo de 2006 ascendía a la suma de M$5.170.000. Estas deudas las contrajo en virtud de la utilización de las líneas de crédito contratadas con dicho Banco, autorizadas por Decretos Universitarios Nº 4675, del 2000 y sus modificaciones posteriores y el DU Nº 6863, del 2002, cuyo plazo máximo de restitución era el 10 de marzo del 2006. El plazo máximo de restitución del crédito será el 10 de marzo de 2010.

Asimismo, autoriza la renovación de las líneas de crédito antes indicada, las que se consolidarán en una línea de crédito de corto plazo con el Banco del Desarrollo, por la suma de hasta seis mil millones de pesos, en las condiciones de mercado vigentes a la fecha de la suscripción de los respectivos créditos contraídos al amparo de esta línea de crédito, manteniéndose las garantías hipotecarias individualizadas en el Decreto aprobatorio del crédito, DU Nº 4675, del 2000, constituidas mediante escritura pública de fecha 6 de diciembre de 1996 y escritura pública de fecha 16 de abril de 2002, asociada al DU Nº 6863, del 2002.

Los créditos contratados al amparo de esta línea de crédito se destinarán a amortizar la deuda indicada en lo principal de este acuerdo y a asegurar la continuidad y disponibilidad de recursos económicos en la Caja de la Universidad para el oportuno y debido pago de gastos presupuestarios. El plazo máximo para el servicio de la deuda será el 10 de marzo del 2010.


ACUERDO Nº48

El Consejo Universitario acuerda ratificar la reprogramación de deuda que la Universidad de Chile mantiene con el Banco de Chile, al amparo de la línea de crédito aprobada mediante Decreto Universitario Nº 881, de 2001, y autoriza la conversión de dicha deuda por la cantidad de M$2.600.000, en las condiciones que se establecen a continuación:

El crédito devengará un interés igual a la tasa TAB ciento ochenta días, base mensual, más un spread de dos como cinco por ciento anual, manteniéndose las garantías hipotecarias constituidas mediante escritura pública de fecha 16 de enero de 2001, otorgada ante Notario Público de Santiago don Andrés Rubio Flores, destinada a caucionar el crédito antes indicado. El plazo máximo de restitución del capital insoluto del crédito y los intereses pactados, será el día 10 de marzo de 2010.

Para los efectos señalados precedentemente, decláranse válidamente suscritos los pagarés y hojas de prolongación de éstos, otorgados a favor del Banco de Chile.


ACUERDO Nº49

El Consejo Universitario acuerda autorizar el otorgamiento de un suplemento al presupuesto del DEMRE año 2006, asociado al proceso de Admisión 2007, de carácter no recurrente, por un monto de $489 millones, sobre la base de las consideraciones expuestas en la presente sesión.


ACUERDO Nº50

El Consejo Universitario acuerda modificar el Acuerdo Nº 48, adoptado en la décima sesión ordinaria, celebrada el 30 de octubre de 2001, en el sentido de establecer como precio mínimo de venta de la propiedad situada en la calle Rancagua Nº 0544, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, la suma de equivalente a U.F. 9.530.

Asimismo, el Consejo Universitario autoriza la venta de dicha propiedad en forma directa, atendido los resultados obtenidos en los anteriores procesos de licitación pública.


ACUERDO Nº51

El Consejo Universitario acuerda modificar el Acuerdo Nº 63, adoptado en la décima sesión ordinaria, celebrada el 25 de octubre de 2005, en el sentido de autorizar la enajenación de la propiedad universitaria, ubicada en María Luisa Santander Nº 0447, en venta directa, la que podrá ser gestionada a través de un Corredor de Propiedades, que al efecto seleccionará la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, manteniéndose el precio mínimo de venta de $260.000.000 (Doscientos sesenta millones depesos ).

 

 
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