Una planta transgénica o genéticamente modificada (GM) es una planta a la cual se le ha introducido artificialmente algún gen de interés (ADN) por vías distintas de un cruzamiento. Los genes incorporados en esta planta que está siendo modificada genéticamente pueden provenir de otras especies de plantas o incluso de organismos de otros reinos, así como también de la misma especie (cisgenia). Por lo general, en cada evento de transgenia se introduce sólo un gen de interés, sin embargo, últimamente se ha visto la tendencia a incorporar más de uno simultáneamente para satisfacer varias necesidades en forma conjunta. A estos últimos los llamamos transgénicos acoplados. La tecnología actual no considera más de 8 ó 16 genes simultáneos, los que aún están en fases experimentales, comercialmente contienen sólo 2.
Desde los años 90 se ha venido autorizando el cultivo de plantas transgénicas en el mundo. En el año 2010, se llegó a 134 millones de hectáreas producidos por 29 países. El cultivo de transgénicos los lidera por lejos EUA (74%), seguido por Brasil, Argentina, India y Canadá. Se cultivan principalmente soya, maíz, raps y algodón Herbicida tolerantes (Ht) y/o Insecto resistentes (Ir). Se han trabajado otros caracteres de interés pero ninguno se ha difundido tan masivamente como los anteriores.
Actualmente en Chile, de acuerdo a las normativas del Servicio Agrícola y Ganadero, no se permite el cultivo de organismos genéticamente modificados (OGM) para su consumo en el país. Sólo se permite el cultivo de éstos con fines experimentales y para la producción de semillas que han sido importadas expresamente para su multiplicación y exportación al extranjero. El cultivo de cada evento transgénico debe ser autorizado por un Comité Técnico, y si es aprobado debe regirse por la normativa de producción de semillas bajo un estricto marco de bioseguridad que regula su aislación caso a caso según los requerimientos de cada cultivo. Al año 2010 se producían aprox. 30.000 ha de semilleros transgénicos entre maíz y soya principalmente.
No obstante lo anterior, en Chile se comercializa y consume productos importados que contienen o han sido elaborados con soya, raps o maíz transgénico. De acuerdo a la normativa Chilena estos productos no requieren ser etiquetados en forma diferencial, ya que solo se exige señalar las características nutricionales de los productos y la transgenia no alteran su composición. La sola inclusión de un gen no altera los valores nutricionales a menos que el "transgen" codifique para la expresión de mayores contenidos de vitaminas o proteínas por ejemplo. Materia de otra ley sería regular el etiquetado según el tipo de tecnología utilizada para la producción de cada alimento. Promocionalmente se le podría poner a cualquier producto que este ha sido producido sin o con OGM para que los consumidores opten por la tecnología que ellos quieran.
Desde el punto de vista productivo y ambiental, la tecnología que hoy existe para el desarrollo de plantas transgénicas permitiría un menor uso de plaguicidas o el remplazo de productos por otros de menor toxicidad o persistencia. A su vez permitirían reducir la mano de obra utilizada en las aplicaciones de plaguicidas y consiguientemente reducirían el contacto de aplicadores con los productos químicos. En un futuro cercano deberían permitir mayor resistencia a estrés hídrico y posiblemente mayores rendimientos.
Estos aspectos antes mencionados también pueden acarrear externalidad de negativas que deben ser consideradas. La aplicación repetida de un mismo herbicida sobre cultivos Ht cultivados en los mismos predios favorece la aparición e incremento de malezas resistentes a dicho herbicida. Algo similar ocurre con el uso de cultivos Ir, que producen siempre la misma toxina para el control de ciertos insectos. Más temprano que tarde aparecerán insectos que desarrollen resistencia a la toxina que fue introducida en los cultivos GM. En ambos casos (Ht e Ir) se deberán buscar nuevas alternativas de control, generando un problema tanto para los cultivos GM como para los convencionales. Existen formas de evitar los problemas antes señalados pero estas deben ser rigurosamente cauteladas como parte de los procesos productivos para evitar incrementos en los costos y en los efectos ambientales.
Otras situaciones que deben ser consideradas son las que se relacionan con la transferencia de polen de cultivos transgénicos a otros que no lo son o la permanencia accidental de semillas GM en un campo. Este riesgo existe y el potencial de que esto ocurra depende del cultivo. En el caso de la soya es un cultivo de autofecundación que prácticamente no libera su polen al medio, determinando una distancia de aislación mínima. El maíz moviliza su polen de una planta a otra con ayuda del viento, en tanto el raps lo hace por medio de abejas, en ambos casos los cultivos requieren de aislación de otros cultivos de la misma especie para que el polen del cultivo transgénico no alcance a los cultivos aledaños de la misma especie. Esto se hace especialmente relevante si estos están destinados para el cultivo orgánico ya que estos no aceptan el uso de cultivos transgénicos en sus producciones. A esto deberá agregarse el riesgo que estos cultivos dejen caer sus semillas al suelo en la cosecha lo que provocaría la aparición de plantas voluntarias en el campo con el consecuente riesgo de ser foco de dispersión de polen para una próxima temporada.
El tema de las aislaciones es relevante, especialmente en países como el nuestro donde los terrenos agrícolas son limitados y deben permitir, con igualdad de derechos, la convivencia de distintos sistemas de producción (convencional, orgánicos y transgénicos). Además será importante considerar que si un "transgen" se transfiere accidentalmente a un cultivo convencional, limitaría que el agricultor convencional pueda conservar sus semillas y reproducirlas ya que estaría multiplicando genes que están cautelados por derechos de propiedad. Desde el otro lado de la moneda, el dueño del "transgen" estaría contaminando germoplasma del dominio público, afectando el libre uso que cualquier agricultor pueda hacer de éste. Estas materias deberán regularse con anterioridad y sin duda hacen más compleja la dinámica con este tipo de cultivos y propiedades intelectuales involucradas.
Como se ha descrito en los párrafos anteriores, y discutido muy someramente, el cultivo y consumo de OGM tiene muchas aristas. La tecnología tiene enormes potenciales para favorecer tanto la agricultura como a los consumidores, desde el punto de vista ambiental como nutricional, pero hay aspectos legales y ambientales que deben ser cautelados. En el futuro se podrán controlar específicamente cuanto insecticida requiere producir una planta e incluso el lugar específico de la planta donde se produzca, para reducir las cantidades de insecticida liberados al medio. Ya se han incrementado los niveles de vitamina A en cultivos como el arroz a niveles adecuados para suplir deficiencias nutricionales de la dieta de la población, con la supervisión de instituciones públicas como el Instituto Internacional de Investigación del Arroz (sede en Filipinas) y el subsidio de privados. Sin embargo, aún el uso masivo de ésta tecnología está en manos de grandes compañías multinacionales que tienen la capacidad legal y recursos para obtener la aprobación de dichos cultivos. Se requiere de la participación de todos los actores de la cadena alimenticia, no sólo para producir el alimento necesario, sino para lograr que éste sea distribuido adecuadamente, dando la oportunidad a todos de satisfacer sus propias demandas y cuidando al medio como se lo merece.
Ricardo Pertuzé Concha
Ing. Agr. Ph.D.
Profesor Asistente
Fac. Cs. Agronómicas
Universidad de Chile