Prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo

Prevención, Salud mental, Empatía, Diálogo, Perspectiva de género y Colaboración

Por una comunidad universitaria saludable, con buen trato y libre de violencia

La Universidad promueve una convivencia universitaria sustentada en el respeto, ambientes de trabajo saludables, en igualdad de género y no discriminación; erradicando conductas que atenten contra la dignidad de las personas al prevenir situaciones de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo.

Acoso sexual

Acoso laboral

Violencia en el trabajo

Conductas incívicas

Conductas sexistas

Nuevas medidas que establece la ley 21.643 (Ley Karin)

  1. Regulación del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo
  2. Incorporación de la perspectiva de género
  3. Modificación del concepto de acoso laboral, donde la conducta puede ser reiterada o por una sola vez
  4. Incorporación de la violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral
  5. Elaboración de un protocolo de prevención para el acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo para potenciar entornos laborales seguros y libres de violencia
  6. Incorporación de principios rectores para la investigación del acoso sexual, acoso laboral y violencia en el trabajo: confidencialidad, imparcialidad, celeridad y perspectiva de género
  7. Atención psicológica temprana por parte de los Organismos Administradores de la Ley 16.744 de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (ACHS) 
  8. Obligación de las organizaciones de gestionar los riesgos asociados con el acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, a través de la implementación del cuestionario de evaluación de ambientes laborales y salud mental (CEAL-SM)