La suspensión de beneficios entregados por el Ministerio de Educación (MINEDUC), está dirigida a estudiantes que, por motivos de fuerza mayor, se ven obligados (as) a postergar sus estudios. El proceso puede ser solicitado para todas las becas de arancel además del Crédito del Fondo Solidario Universitario (FSCU) y entrega la posibilidad de reanudar los beneficios al momento de retomar estudios.
El plazo máximo de suspensión para las becas de arancel es de un año académico o dos semestres consecutivos. En el caso del FSCU, el beneficio se puede extender hasta un período 50% adicional a la duración formal de la carrera, por lo que los semestres a suspender no se suman al final de carrera como en el caso de Gratuidad y Becas.
¿Cómo suspendo mis beneficios?
Lo primero que debes saber es que existen once causales de suspensión. Una vez identificada la causal, debes respaldar la situación presentando el Formulario de Suspensión y documentación solicitada (según el caso) ante la/el Asistente Social de tu facultad, instituto o programa de estudios.
Importante:
- El proceso requiere de dos filtros. En una primera instancia, la Universidad evalúa los casos. Aquellos (as) que cumplen con los requisitos, pasan a ser informados (as) a MINEDUC, entidad encargada de aprobar o rechazar las suspensiones.
- Es importante que realices el proceso de suspensión durante los plazos fijados por la universidad debido a que el no reportar oportunamente puede llevar a la pérdida de beneficios. Para esto es fundamental consultar respecto a los plazos con tu Bienestar Local.
- Este proceso se realiza una vez que hayas suspendido o congelado tu carrera.
Las fechas para suspensión de beneficio serán informadas por las Direcciones de Asuntos Estudiantiles de cada facultad, instituto o programa académico y en redes sociales de la Dirección de Bienestar y Desarrollo Estudiantil.