Décima Tercera Sesión Ordinaria 13.11.2007
Tabla
- Aprobación de las Actas correspondientes a las sesiones XII Ordinaria y IV Extraordinaria de 2 y 9 de octubre de 2007.
- Cuenta.
- Proposición para otorgar la calidad de Profesor Emérito a los Profesores de la Facultad de Ciencias Sociales, Sr. Fernando Valenzuela Erazo y Sra. Ana Escríbar Wicks.
- Incorporación de la variable de género en la denominación de grados académicos y títulos profesionales de la Universidad de Chile.
- Proyecto Beauchef Poniente- Desarrollo de Infraestructura Académica y Estudiantil. Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas.
- Proposición de políticas de aranceles de pregrado de la Universidad de Chile.
- Varios
Acuerdos
ACUERDO Nº 45. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 del D.U. N° 0015360, DE 1979, Reglamento De Distintivos, Distinciones y Calidades Académicas de la Universidad de Chile, el Consejo Universitario acuerda por unanimidad otorgar la calidad de Profesor Emérito de la Universidad de Chile a los Profesores FERNANDO VALENZUELA ERAZO Y ANA ESCRIBAR WICKS, de la Facultad de Filosofía y Humanidades.
ACUERDO Nº 46. El Consejo Universitario aprueba incorporar la variable de género a la denominación de los grados académicos y títulos profesionales que otorga la Universidad de Chile.
Asimismo, acuerda que las Facultades e Institutos contarán con un plazo de 30 días, a partir de la fecha del presente Acuerdo, para concordar con la Vicerrectoría de Asuntos Académicos, la forma como se implementará el Acuerdo con relación a los grados académicos y títulos profesionales correspondientes a carreras y programas académicos impartidos por ellos. En esa labor la Vicerrectoría de Asuntos Académicos contará con el apoyo de la Prorrectoría, la Dirección Jurídica, el Centro de Estudios de Género y Cultura (Facultad de Filosofía y Humanidades) el Centro de Derechos Humanos (Facultad de Derecho) y el Departamento de Lingüística, (Facultad de Filosofía y Humanidades).
El Consejo Universitario expresa su voluntad de que el presente Acuerdo entre en vigencia en la Universidad de Chile a contar del 1º de marzo del año 2008.
Una vez concordada la implementación del presente Acuerdo, se dictará el correspondiente decreto universitario.
ACUERDO Nº 47. El Consejo Universitario acuerda aprobar el desarrollo y ejecución del proyecto “Beauchef Poniente: Desarrollo de Infraestructura Académica y Estudiantil” en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas en los siguientes términos:.
1.- Como parte del financiamiento del proyecto mencionado aprueba autorizar la venta de la estación de rastreo que opera el Centro de Estudios Espaciales de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, en un precio básico de US$12.500.000. Este precio podrá fluctuar hasta más menos 9,9% según el valor de los bienes en el momento de la compra con respecto a su valor estimado al momento de hacer la oferta (US$ 4.452.118). En caso de disminuir el precio base en más del 9,9% se anula la autorización hasta nueva consideración de la Universidad de Chile.
2.- En el contexto de la autorización precedente, aprueba autorizar la enajenación en venta directa del inmueble de propiedad de la Universidad de Chile en que funciona el Centro de Estudios Espaciales, situado en la Hacienda Peldehue, con una superficie aproximada de 100 hectáreas, de acuerdo a plano número XIII-2-2705-CR., Comuna de Colina, Región Meropolitana, con todas las instalaciones de propiedad de la Universidad que se detallarán oportunamente, en inventario correspondiente.
3.- Se aprueba la reestructuración administrativa de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas que permita la supresión del Centro de Estudios Espaciales. El pago de las indemnizaciones legales al personal del Centro de Estudios Espaciales será responsabilidad de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas.
4.- Como parte del financiamiento del proyecto, se autoriza la venta de los siguientes inmuebles:
- República 701;
- República 779;
- Domeyko 2313;
- Domeyko 2359 a 2367;
- Domeyko 2369.
El precio mínimo de venta de cada uno de estos inmuebles será propuesto para la aprobación del Consejo Universitario una vez que se disponga de las correspondientes tasaciones comerciales.
5.- Se aprueba una operación de leaseback , a 15 años plazo, a lo menos, más una cuota adicional de recompra, con el terreno y futuras construcciones de la sede Beauchef Poniente de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas (manzana comprendida entre las calles Beauchef, Tupper, Club Hípico y Av. Blanco Encalada a excepción del terreno y edificio de Av. Blanco Nº2120), por la suma estimada equivalente a UF800.000, destinadas al financiamiento de : a) el desarrollo y ejecución del proyecto “Beauchef Poniente:Desarrollo de Infraestructura Académica y Estudiantil”, en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, por la suma de hasta UF 370.000, b) un aporte al Fondo de Financiamiento para el “Programa de Inversiones en Infraestructura y Desarrollo Institucional de la Universidad de Chile” por la suma estimada equivalente a UF 430.000.
Se faculta a la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional para concordar las condiciones financieras específicas de la operación con la institución financiera que se seleccione, dentro del marco de este Acuerdo.
Asimismo, y con la finalidad de financiar los costos directos de dicha operación, se autoriza a la Vicerrectoría de Asuntos Económicos y gestión Institucional, para descontar mensualmente los aportes institucionales que le correspondan a la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas, los montos correspondientes al servicio de los compromisos asociados a la letra a) precedente. Los compromisos indicados en las letras b) serán financiados mensualmente con cargo al Fondo General, el cual deberá velar por la recuperación de dichos fondos de los proyectos de inversión que apruebe en su oportunidad el Consejo Universitario y, en ambos casos, por todo el período que dure la operación de leaseback y hasta su total extinción.
6.- La Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas se hace responsable del financiamiento hasta UF 370.000 de la operación de leaseback, antes señalada. Además, la Facultad se hace cargo del financiamiento de cualquier diferencia que se produzca por motivos del desarrollo del proyecto.
ACUERDO Nº 48. El Consejo Universitario aprueba la proposición sobre política de Aranceles de pregrado de la Universidad de Chile, de la Comisión Conjunta Académica y de Economía y Gestión del Consejo Universitario, presentada por el Sr. Vicerrector de Asuntos Académicos, en los términos contenidos en el documento denominado “Política de Aranceles de Pregrado de la Universidad de Chile”, el que forma parte integrante del presente Acuerdo.
ACUERDO Nº 49. El Consejo Universitario aprueba la propuesta de la Comisión de Economía y Gestión del Consejo Universitario, presentada por el Vicerrector de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, en el sentido de aprobar respecto del año 2007, la firma de un solo pagaré a favor del Fondo Solidario de Crédito Universitario para los alumnos de primer año de los tres primeros quintiles de las cohortes 2006 y 2007, que documenta el total del arancel de referencia más el diferencial que se genera con respecto al arancel real. En consecuencia, al 31 de diciembre del año en curso, la Universidad de Chile traspasará al Fondo Solidario de Crédito Universitario los montos correspondientes al déficit que se generen en dichos fondos, según dispone y establece la ley que regula a los citados Fondos Solidarios de Crédito