Senado universitario

Santiago, 23 de Marzo de 2005.

En 1997, en la Universidad de Chile se inició un movimiento destinado a formalizar una democratización heterogénea, conquistada de hecho por su comunidad, y sincronizarla con los procedimientos y el nuevo orden institucional de la transición política nacional.

Así, en abril de 1998 la comunidad universitaria definió, en un referéndum, los principios orientadores de un nuevo estatuto que compatibiliza, adecuadamente, respeto a la misión y valores institucionales, rigurosidad académica, gestión eficiente y participación. Estos principios son: la separación de las funciones normativa, ejecutiva y de evaluación en el gobierno superior universitario; la libertad de pensamiento y de expresión, la tolerancia, el pluralismo, y la participación  de sus miembros en la vida institucional, con resguardo de las jerarquías inherentes al quehacer universitario; y el compromiso nacional de ese quehacer, en coherencia con los parámetros internacionales de excelencia académica.

En particular, el rector, los decanos y directores de departamento son elegidos por los académicos, y los directores de escuela son nombrados por los decanos.

El senado universitario es el órgano colegiado, presidido por el rector, encargado de la función normativa de la universidad, y que tiene como tarea fundamental establecer las políticas y estrategias de desarrollo institucional, así como los objetivos y metas que conduzcan al cumplimiento de éstas. Está integrado por  27 académicos, siete estudiantes y dos representantes del personal de colaboración.

El consejo universitario es el órgano colegiado que desempeña, conjuntamente con el rector, la función ejecutiva en la institución, atendiendo sus necesidades y ocupándose de su desarrollo, de acuerdo con las políticas y estrategias establecidas por el senado. Está integrado por el rector, el prorrector, los decanos y dos representantes del Presidente de la República. Asisten con derecho a voz un delegado de los académicos, otro de los alumnos y un tercero del personal de colaboración.

Al senado universitario corresponde resolver sobre los reglamentos relevantes para el desarrollo estratégico de la institución. Además, y a propuesta del rector, ratificar lo ya aprobado por el consejo universitario en materias como el presupuesto anual (para ponderar su concordancia con las políticas de desarrollo establecidas previamente), y la estructura orgánica de la universidad. Y asimismo aprobar la proposición del rector para designar al contralor de la institución.

Si existen diferencias entre estos dos organismos con respecto al presupuesto y a la estructura orgánica, se conforman comisiones mixtas, presididas por el rector, y en aquello en que no haya acuerdo, decide el rector.

Durante los dos últimos años y en la forma de comisión especial del consejo universitario, ha funcionado el Senado Universitario, según establece el nuevo estatuto.

Su labor se ha realizado a través de las comisiones de reglamentos, de financiamiento, y de proyecto de desarrollo institucional. He participado activamente en esta última, junto a 16 académicas y académicos de diversas disciplinas, y dos alumnas. Nuestros debates nunca se subordinaron a intereses mezquinos, los acuerdos fueron tomados con una ejemplar amplitud de criterios y, por que no decirlo, con generosidad, y los principios orientadores ya mencionados fueron la base para la propuesta de desarrollo de la universidad que hemos elaborado recientemente.

Esta propuesta, cuya visión de futuro y objetivos estratégicos nos imponen exigencias propias de una universidad de calidad internacional, y en que las acciones propuestas buscan impulsar enérgicamente a la institución, es un ejemplo de lo que puede generar la riqueza de la diversidad disciplinaria y valorativa de la Universidad de Chile expresada a través de la participación transversal que se da en el senado universitario.

A través de este modelo de organización y participación queremos construir comunidad.

La calidad comunitaria de la universidad no es una etiqueta abstracta, sino que responde al carácter de un cuerpo deliberante, a cuyo vigor reflexivo y propositivo hay que dar espacio, pero de tal modo que éste no se convierta en enemigo de lo mejor, es decir, de las necesidades de desarrollo institucional. De todo esto y no de otra cosa es que se trata la universidad.

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