Elecciones Municipales
Atribuciones de alcaldes, alcaldesas y concejo municipal
Alcaldes: Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad; Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad; Velar por la probidad administrativa dentro del municipio. Administrar los recursos financieros de la municipalidad. (Fuente: bcn.cl)
El Concejo Municipal: a través de sus concejales debe normar, resolver, y fiscalizar.
Normar, a requerimiento del alcalde, el Concejo debe dar su acuerdo para:
-Dictar las ordenanzas municipales y el reglamento que establecen la organización interna del municipio.
-Aprobar el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal y los de salud y educación, los programas de inversión, el plan regulador comunal y las políticas de recursos humanos, prestación de servicios municipales y de concesiones, permisos y licitaciones.
-Resolver materias en que las leyes exigen acuerdo del concejo.
Fiscalizar:
-La gestión del alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo.
-El cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal.
-La ejecución del presupuesto.
-El concejo, por la mayoría de sus miembros, puede disponer la contratación de una auditoría externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación financiera del municipio.
¿Cuáles son las principales atribuciones de los concejales?
-Elegir al alcalde, en caso de vacancia.
-Pronunciarse sobre el plan comunal de desarrollo, el presupuesto municipal, aprobar el plan de seguridad pública y varias otras materias.
-Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de inversión municipal y la ejecución del presupuesto municipal, analizar el registro público mensual de gastos detallados que lleva la Dirección de Administración y Finanzas.
-Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las observaciones que le merezcan
-Recomendar al alcalde prioridades en la formulación y ejecución de proyectos específicos y medidas concretas de desarrollo comunal.
-Solicitar informe a las empresas, corporaciones o fundaciones municipales, y a las entidades que reciban aportes o subvenciones de la municipalidad.
-Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
-Supervisar el cumplimiento del plan comunal de desarrollo.
(Fuente bcn.cl)