La ley que busca sancionar el acoso sexual en universidades abarcará a todas aquellas personas que se relacionen o sean integrantes de comunidades académicas de educación superior, con prescindencia de su sexo, género, identidad y orientación sexual. En esta línea, las casas de estudio tendrán que contar con unidades responsables de la implementación de protocolos y reglamentos sobre violencia y discriminación de género y, de forma separada, deberán contar también con una o más unidades responsables de llevar a cabo los procesos de investigación y sanción del acoso sexual.
Al respecto, la directora de Igualdad de Género de la Universidad de Chile (DIGEN), Carmen Andrade, sostiene que “es muy importante el proyecto de Ley de acoso sexual en el ámbito de educación superior. Las universidades carecen de un marco legal general, por lo tanto, este proyecto debe aprobarse a la brevedad. Nos va a permitir contar con más herramientas para la erradicación del acoso y la violencia, así como avanzar en la construcción de ambientes universitarios con igualdad de género".
Junto a lo anterior, explica que “es importante también destacar que en el debate legislativo se consideraron muchas de las opiniones que dieron las universidades y que entregamos como Universidad de Chile, tanto en las comisiones del Senado como en la Cámara de Diputados, lo que nos permitió contar nuestra experiencia y hacer propuestas concretas para mejorar el proyecto”.
El texto de Ley señala que: junto a las medidas y sanciones expresamente previstas en el Código del Trabajo, en el estatuto administrativo y en leyes especiales, el modelo de investigación y sanción del acoso sexual, la violencia y la discriminación de género y reparación de las víctimas, podrá contemplar otras sanciones, prohibiciones y medidas.
“Especialmente significativo es que se les exija a las universidades tener una política integral del acoso sexual y la violencia, de atención y reparación de las personas que han sido afectadas. Por otro lado, es muy importante que este proyecto de Ley establezca la necesidad de que las instituciones de educación superior cuenten con organismos especializados para tratar el acoso sexual”, agrega la directora de la DIGEN.
La moción plantea además que los planteles podrán considerar medidas adicionales como: la suspensión e inhabilitación temporal para el ejercicio de ciertos cargos y funciones; remoción del cargo; cesación de funciones; imposibilidad de acceder a financiamientos extraordinarios; pérdida de distinciones honoríficas y suspensión o pérdida definitiva de la condición de estudiante. Por otra parte, señala que las universidades deberán contar con una estrategia de comunicación que garantice que las políticas, planes, protocolos y reglamentos sean conocidos al interior de las instituciones de educación superior.