Ignorar a la paciente en su dolor, no informar los procedimientos que se le están realizando, instrumentalizar excesivamente el trabajo de parto con el fin de acortar lo máximo los tiempos, programar cesáreas que no tienen justificación médica, maltratar o burlarse de la paciente, obligar a las personas gestantes a parir en una posición determinada, no respetar las tradiciones culturales de la paciente y poner barreras injustificadas para el otorgamiento de anticoncepción o esterilización voluntaria. Todos estos son actos de violencia gineco-obstetra que la Ley Adriana pone sobre la mesa con el propósito de regular, garantizar y promover derechos de las mujeres, las personas gestantes, los recién nacidos y la pareja durante el parto, preparto y posparto.
El proyecto, que lleva ya dos años en el Congreso, traza también criterios sobre derechos vinculados a la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, y la atención ginecológica de las mujeres. "Creo que esta es una buena ley. Las leyes son importantes en el reconocimiento de situaciones de vulneración y en el reconocimiento de derechos", parte por destacar, Pamela Eguiguren, matrona, doctora en Salud Pública y académica de la Escuela de Salud Pública de la Facultad de Medicina, respecto a la Ley Adriana, normativa que ya pasó su primer trámite en la Cámara de Diputados. "Esta es una realidad y un fenómeno muy antiguo que se reconoce hace poco tiempo", agrega la profesora, socióloga y también doctora en Salud Pública de la Facultad de Ciencias Sociales, Marcela Ferrer.
"En el tema de derechos sexuales y reproductivos, hay mucha vulneración que ocurre en los márgenes institucionales, la violencia obstétrica es una de esas manifestaciones, y es muy necesario que se reconozca. Y generalmente ocurre por la asimetría de poder que hay entre los equipos profesionales y las personas, en particular las mujeres, en este esquema patriarcal, donde la medicina reproduce este orden. Son muchas las vulneraciones que se cometen hacia las mujeres, y hoy también hacia la diversidad de género", afirma la profesora Eguiguren.
En esta línea, la profesora Ferrer destaca que "tenemos una deuda en materia de derechos sexuales y reproductivos que es necesario saldar, y no me cabe duda que en el próximo gobierno se va a avanzar en esto". Para la socióloga es claro que la actual Ley 20.584 de Deberes y Derechos de los pacientes, que establece el consentimiento informado para las atenciones en salud, no es suficiente para dar respuesta en este ámbito. "Lo que ocurre en la práctica con la Ley 20.584 es que es una cuestión casi burocrática, donde a las personas que van a tener una atención de salud les pasan un formulario, que uno firma porque si no firma, no lo atienden. Y ese formulario muchas veces lo entrega una secretaria, es decir, no hay una conversación con el médico o la médica tratante. Algo fundamental es que esta ley incorpora un plan de parto donde se establecen todas las alternativas que se van a tener durante el parto y que las mujeres sean informadas. Eso es muy importante porque permite que las mujeres decidamos de manera autónoma pero informada".
Principios de la Ley Adriana
Cuatro son los principios fundamentales de la Ley Adriana: el Principio de Dignidad en el Trato; el Principio de la Autonomía de la Mujer; el Principio de Privacidad y Confidencialidad; y el Principio de Multiculturalidad. Asimismo, entre sus contenidos, se establecen los hechos constitutivos de violencia gineco-obstétrica, los derechos de las mujeres en relación en la gestación, pre-parto, parto, post-parto y aborto; los derechos de las personas recién nacidas; los derechos del padre, la madre del recién nacido, pareja y/o acompañante significativo de la mujer; la prevención y educación; y la responsabilidad médica y los procedimientos de reclamación.
La doctora Ferrer plante que, dentro de los derechos establecidos, el plan de parto es un hito clave de esta ley, algo que también releva la doctora Eguiguren. "Es en este plan de parto donde la mujer puede expresar por escrito cuáles son sus deseos respecto a la atención de su parto, y eso tiene que ser respetado. Sabemos que hay situaciones de emergencia, pero los equipos profesionales tienen que actuar pensando en los deseos y derechos de las mujeres", destacó.
Otra costumbre que por años ha sido naturalizada durante el proceso de parto, preparto y postparto, sin que se la considere como un acto de violencia obstétrica, son las situaciones de docencia sin el consentimiento de la paciente, práctica que esta normativa también apunta a cambiar. "Esta ley contempla el tema de que las mujeres tienen que dar su consentimiento para ser partícipes de situaciones de docencia. Lo que nosotros vimos durante años es que las mujeres eran prácticamente un objeto de estudio, sin que existiera siquiera la preocupación de mantenerlas informadas respecto a lo que estaba pasando", explica la profesora de la Escuela de Salud Pública.
Además de lo mencionado anteriormente, entre los diversos hechos constitutivos de violencia gineco-obstétrica que establece la Ley Adriana, se definen también el obligar a la mujer a parir en una posición que limite su movimiento, ser amarrada sin justificación o consentimiento, acelerar el parto de bajo riesgo sin necesidad médica, el retardo injustificado o la omisión de atención en el ámbito de la interrupción voluntaria del embarazo regulada en la ley 21.030 y el no respeto a las tradiciones culturales que profese.
Cambio cultural
Aunque las académicas Eguiguren y Ferrer evalúan positivamente esta normativa, no dejan de subrayar la importancia que tienen otros factores en la erradicación de la violencia gineco-obstetra y que se vinculan a un cambio cultural, que parte por la formación de quienes entregan atención en salud y continúa con la transformación del sistema de relaciones que se establecen en el ámbito de la salud.
"Es muy importante el hecho de que esta ley contempla la obligación de modificar el curriculum de las carreras de salud para incluir una asignatura o más en derechos sexuales y reproductivos con enfoque de género. Eso es fundamental porque la violencia obstétrica es integrante de la cultura hospitalaria, está muy enraizada porque tiene que ver con el predominio de la biomedicina y también con el predominio del patriarcado, y cómo éstos dos se configuran y se expresan en lo que son las atenciones de salud", afirma la doctora Ferrer, quien agrega también la necesidad de que el personal de salud que ya trabaje en el sistema de salud incorpore estos nuevos enfoques.
Para la doctora Eguiguren es relevante, además, pensar en cómo se implementa la ley y conocer cuáles van a ser los instrumentos que van a permitir que haya normativas para que las maternidades, los servicios de salud y los hospitales recojan y hagan carne lo que la ley establece. "En ese sentido, también es súper importante cómo nosotros como universidades nos hacemos cargo de lo que dice la ley, cómo formamos profesionales que entiendan qué es la violencia obstétrica. Muchas veces ciertas prácticas y formas de atender reproducen estas formas de ejercer esa violencia sobre las mujeres y sobre las personas gestantes. Se requiere un cambio cultural y para eso también es clave la difusión de esta ley, y que las mujeres estén muy bien informadas de sus derechos".