Programa U-Apoya Linea 4: Proyectos de Creación e Investigación Artística VID 2011
Fechas convocatoria
- Inicio
- 15 de septiembre de 2011
- Cierre
- 17 de octubre de 2011
Información básica
- Institución
- Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo. Universidad de Chile
- Dirigido a
- Académicos de la Universidad de Chile, con nombramiento y jerarquía académica vigente a lo menos de 22 horas
- Disciplinas
- Arte y Arquitectura
Descripción
1. La Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo (VID) de la Universidad de Chile, convoca al Concurso de Proyectos de Creación Artística 2011, en todas las manifestaciones del arte reconocidas en la universidad, es decir artes visuales, música, teatro, danza, diseño, arquitectura, cine y realización audiovisual, con la finalidad de apoyar la producción de obras de los académicos de la Universidad en estas disciplinas. Los proyectos deberán contar con el patrocinio de la Dirección de Investigación o equivalente de su Facultad o Instituto.
2. Este Concurso está abierto a los académicos de la Universidad de Chile, con nombramiento y jerarquía académica vigente de a lo menos 22 horas, El/La creador/a responsable deberá acreditar una producción artística consistente en su disciplina, sancionada en el espacio público, mediante participaciones en bienales, exposiciones, conciertos, producción de CDs, grabaciones o puestas en escena.
3. Se denominará creador/a principal de un proyecto de este concurso, al/a la académico/a que asume la tarea de formular, desarrollar y administrar el proyecto de creación durante su ejecución. Esta tarea no podrá ser delegada sin la expresa autorización de la VID. Un/a académico/a puede participar sólo en un proyecto de este concurso, ya sea como creador/a principal o como co-creador/a.
4. Será considerado co-creador, todo académico con jornada y jerarquía académica vigente, que desarrolle funciones específicas en la ejecución del proyecto, que no puedan ser desarrolladas por el creador principal.
5. Los creadores que se adjudiquen proyectos en este concurso deberán procurar, en lo sucesivo, presentarse a concursos externos a la VID, lo cual será considerado en futuras postulaciones.
6. No se aceptarán propuestas de académicos que al cierre de este concurso tengan situaciones pendientes en proyectos anteriores, en lo relativo a la aprobación de informes finales o rendición de cuentas. No podrán postular además, aquellos académicos que cuenten con proyectos vigentes financiados por la VID en calidad de Creador/a Responsable.
7. Los proyectos deberán corresponder a obras originales en el sentido de no proponer trabajos que sean la continuación, complemento de una obra ya en curso o término de ella, así como para las que tengan financiamiento de otros fondos concursables (FONDART u otros).
8. Este concurso reconoce que la creación artística es un proceso que concluye en el momento en que la obra es conocida por el público. Es responsabilidad del creador principal cumplir con este requisito fundamental.
9. El Derecho de Autor estará regido por el Reglamento de la Universidad de Chile, Decreto N°21008; y la Ley N°17.336 de Propiedad Intelectual.
10. Una vez finalizado el proyecto, las obras resultantes podrán ser utilizadas por el creador/a principal, en actividades culturales o de extensión/difusión que estime conveniente, haciendo explícito el financiamiento recibido por la Vicerrectoría de Investigación y Desarrollo de la Universidad de Chile, indicando el código del proyecto respectivo.
11. Los participantes deberán presentar el proyecto de Creación Artística en el formulario proporcionado por la VID, en conformidad con las bases del concurso.
12. Los proyectos seleccionados obtendrán hasta $4.500.000 para la ejecución directa del mismo, por un periodo de tiempo no superior a 1 año de duración ni inferior a 8 meses, a contar de la fecha de sanción del concurso. Los objetivos, programa de trabajo propuesto y recursos solicitados deberán ser adecuados para que el proyecto pueda llevarse a cabo dentro del tiempo ya mencionado.
13. La VID se reserva el derecho de reducir el presupuesto y/o reitemizar las partidas.
14. Los ítems a financiar por parte del proyecto son: Gastos de Operación, Bienes de Capital, Pago de Servicios Externos, Bibliografía y Publicaciones, Viajes y Viáticos Nacionales:
- En el ítem Gastos de Operación se consideran: material fungible, impreso de catálogos u otros, seguros e impuestos si corresponde, fletes y gastos menores, entre otros. Todos los gastos deberán hacerse contra factura o boleta, según corresponda y de acuerdo a las normativas vigentes en la Universidad de Chile.
- Bienes de Capital debidamente justificados.
- En el ítem Pago de Servicios Externos se considera: fabricación de partes o elementos necesarios para la obra, de carácter industrial o artesanal, con proveedores externos a la universidad.
- No se contempla el pago de honorarios a los creadores ni personal de la Universidad. Sólo se aceptará el pago por actividades necesarias para la ejecución del proyecto que no puedan ser realizadas por un co-creador/a, las que deben ser claramente justificadas.
No se contempla el pago de gastos generales de luz, agua, gas, teléfono, alimentación, etc.
15. El concurso será resuelto por un comité ad hoc de acuerdo a los siguientes criterios:
Originalidad de la propuesta de creación y coherencia formal y conceptual con la obra anterior, para lo cual el/la postulante debe adjuntar anexos (físicos) con registros de obra anterior o esquemas de producción u otros documentos que ayuden a los jurados (al igual que el Fondart).
- Excelencia del proyecto.
- Antecedentes curriculares del (o de los) creador(es).
- Factibilidad de ejecución del proyecto en el plazo y recursos propuestos.
- Coherencia entre los recursos solicitados y pertinencia de los mismos para la creación propuesta.
- Participación de académicos jóvenes con jerarquía académica de instructor o asistente.
- Incorporación de estudiantes de pre y postgrado en el proyecto.
16. El/La creador/a principal deberá permanecer en el país a los menos ocho meses durante la ejecución del proyecto.
17. Se deberá comunicar a la VID cualquier situación que afecte el normal desarrollo del proyecto.
18. El/La creador/a de un proyecto financiado, deberá presentar un informe final de lo realizado y una rendición de cuenta de los fondos asignados al término de su proyecto a través de la dirección económica de la Facultad o Instituto respectivo, en el formulario correspondiente en la fecha establecida en el convenio. Su incumplimiento implicará la devolución de los recursos debidamente reajustados así como el impedimento de participar en futuras ayudas de la Vicerrectoría. Asimismo, se exigirá la inscripción del derecho de autor institucional de las creaciones, en los casos que corresponda1.
19. De acuerdo a la normativa vigente en la Universidad de Chile, los bienes inventariables adquiridos con recursos de este proyecto son de propiedad de la unidad académica donde tiene contrato el/la creador/a, por lo que al término del mismo, estos bienes deben quedar a disposición en la unidad correspondiente para uso académico.
20. La VID se reserva el derecho de interpretar el alcance de estas bases.
21. Las bases del Concurso de Creación Artística VID 2011 estarán disponibles a partir del 15 de septiembre 2011. El plazo para la presentación de proyectos vence el 17 de octubre 2011 a las 17:30 hrs. Las postulaciones deberán realizarse en línea, a través del portal www.sepa-vid.uchile.cl
22. Las consultas deben ser dirigidas a Coordinadores Pablo Riveros y Nicolás Brstilo a coordid@uchile.cl o al teléfono 9782302.