Definiciones

Aislamiento: Es una restricción preventiva de actividades para personas confirmados de COVID-19, que consiste en limitar su contacto con otras personas en sitios designados hasta el término del período infectante.

Aislamiento de personas contagiadas: Dispóngase que las personas diagnosticadas con COVID -19 deben cumplir un aislamiento de acuerdo con los siguientes criterios:

Condición clínica del caso probable o confirmado  Periodo de aislamiento
Sintomático o asintomático leve o moderado sin inmunocompromiso. 7 días desde el inicio de los síntomas o fecha de toma de muestras
Sintomático severo (hospitalizado) sin inmunocompromiso. 14 días desde el inicio de los síntomas
Caso probable o confirmado inmunocomprometido. 21 días desde inicio de síntomas.


Búsqueda activa de casos COVID-19: Es aquel proceso en virtud del cual la autoridad sanitaria u otra institución mandatada por ella, realiza un test PCR o test de antígeno que cumpla con los criterios establecidos por el Ministerio de Salud, independiente de la sospecha clínica de la persona

Caso confirmado:
A: Persona, viva o fallecida, con una prueba de PCR para SARS-CoV-2 positiva.
B: Persona viva, que presenta una prueba de detección de antígenos para SARS-CoV-2 positiva, tomada en un centro de salud habilitado por la Autoridad Sanitaria o entidad delegada para la realización de este test.

La persona será contactada por la Autoridad Sanitaria que le dará indicaciones, evaluará la necesidad de residencia sanitaria o solicitará la dirección donde realizará el aislamiento y gestionará la licencia médica si la requiere.

Caso confirmado con variante delta: Persona que cumple con la definición de caso confirmado de SARS-Cov-2 y que tiene una muestra secuenciada por el Instituto de Salud Pública (ISP) o un laboratorio verificado por el ISP, en que se identificó la denominada variante Delta (B1.617.2).

Caso probable: Se entenderá por caso probable cualquiera de las siguientes hipótesis:

  1. Caso probable por resultado de laboratorio: aquella persona que se encuentra en cualquiera de las siguientes circunstancias:
    i. La persona cumple con la definición de caso sospechoso, en el cual el resultado del Test RT-PCR para SARS-CoV-2 es indeterminado o no concluyente.
    ii. Persona asintomática o con un síntoma no cardinal, que tiene resultado positivo para una prueba de detección rápida de antígenos para SARS-CoV-2.
  2. Caso probable por nexo epidemiológico:
    i. La persona que ha estado en contacto estrecho con un caso confirmado y desarrolla uno de los síntomas cardinales, o
    ii. Persona que presenta al menos dos de los signos y síntomas restantes compatibles con COVID -19 dentro de los 14 días posteriores al contacto.

    Se tomará un test RT-PCR para SARS-CoV-2 o prueba de antígenos para SARS-CoV-2 a las personas que cumplan los criterios de caso probable por nexo epidemiológico como parte de la investigación de las cadenas de trasmisión. Si resulta negativo, indeterminado o no concluyente se seguirá considerando caso probable.
  3. Caso probable por imágenes: Persona que cumple con la definición de caso sospechoso en el cual el resultado del test RT-PCR o antígeno para SARS-CoV-2 es negativo o indeterminado o sin test diagnóstico, pero que tiene una tomografía computarizada de tórax con imágenes sugerentes de COVID -19.
  4. Caso probable fallecido: persona fallecida que en ausencia de un resultado confirmatorio por un Test RT-PCR, su certificado médico de defunción establece la infección por SARS-Cov-2 como causa básica de muerte o como factor desencadenante.

    Los casos probables, para efectos de investigación epidemiológica y aislamiento, se deben manejar como casos confirmados.
  5. Caso Probable por Variante Delta: Persona que cumple con la definición de caso confirmado de Sars-Cov-2 y en la que se identifican mutaciones puntuales asociadas a variante Delta a través de PCR.

  6. Caso Probable con nexo epidemiológico de variante Delta: Persona que cumple con la definición de caso confirmado de Sars-Cov-2 y es un contacto estrecho de un caso Covid-19 de variante Delta confirmado o probable, donde la muestra enviada para estudio de secuenciación no amplifica y por lo tanto no se puede determinar la variante.


Caso sospechoso:

  1. Persona que presenta un cuadro agudo que presente al menos un síntoma cardinal o dos o más de los síntomas restantes (signos o síntomas nuevos para las personas y que persisten por más de 24 horas).
    Fiebre (≥37,8°C)*
    Pérdida brusca y completa del olfato (anosmia)*
    Pérdida brusca y completa del gusto (ageusia)*
    Tos
    Congestión nasal
    Disnea
    Taquipnea
    Odinofagia
    Mialgia
    Debilidad general o fatiga
    Dolor torácico
    Calofríos
    Diarrea
    Anorexia o nauseas o vómitos
    Cefaleas
    * signos y síntomas cardinales de COVID-19

  2. Paciente con infección respiratoria aguda grave (IRAG). IRAG: Infección respiratoria aguda con antecedentes de fiebre igual o superior a 37,8 °C; tos; disnea, con inicio en los últimos 10 días y que requiera hospitalización.
  3. Contacto estrecho definido por la Autoridad Sanitaria que tenga al menos un signo o síntomas de los descritos en a).

Toda persona que se encuentre en alguna de las circunstancias descritas precedentemente debe realizarse un examen confirmatorio (test RT-PCR para SARS-CoV-2 o prueba de antígenos para SARS-CoV-2, tomado en un centro de salud habilitado para estos efectos, por la autoridad sanitaria). Si el resultado es negativo, pero persiste la alta sospecha clínica epidemiológica de COVID-19, se recomienda repetir el test diagnóstico.

Caso sospechoso de reinfección: Persona que tuvo un primer episodio sintomático o asintomático confirmado de COVID-19, en la cual han transcurrido al menos 60 días desde la fecha de notificación del episodio previo y que actualmente cumple con la definición de caso confirmado.

Comité Operativo COVID-19: Comité de gestión local dirigido por las Autoridades del Organismo, responsable de definir y gestionar un Plan de Respuesta para la Prevención y Control de COVID-19.

Contacto Estrecho: En el caso de brotes confirmados y priorizados por la Autoridad Sanitaria, algunas personas podrán ser consideradas casos estrechos según la siguiente definición:

A: Persona que ha estado expuesta a un caso probable o confirmado sintomático, desde los 2 días antes y hasta 10 días después del inicio de síntomas del caso.
B: Persona que ha estado en contacto con un caso probable o confirmado asintomático, entre 2 días antes y 10 días después a la toma de muestra.

En ambas situaciones (A o B), se deben cumplir al menos una de las siguientes exposiciones:

  1. Contacto cara a cara a menos de un metro de distancia y durante al menos 15 minutos, o contacto físico directo, sin mascarilla o sin el uso correcto de ésta.
  2. Compartir un espacio cerrado por 2 horas o más, en lugares tales como oficinas, centros de trabajos, colegios, entre otros, sin mascarilla o sin el uso correcto de ésta.
  3. Cohabitar o pernoctar en el mismo hogar o recintos similares (se excluyen hoteles) internados, instituciones cerradas, hogares de ancianos, residencias, viviendas colectivas y recintos de trabajo, entre otros.
  4. Traslado en cualquier medio de transporte cerrado a una proximidad menor de un metro, por 2 horas o más sin mascarilla o sin el uso correcto de ésta.

    El riesgo asociado a las circunstancias descritas depende del nivel de exposición y del entorno, los cuales serán evaluados durante la investigación epidemiológica realizada por la Autoridad Sanitaria. Por lo tanto, la identificación de contactos estrechos puede incluir a personas que no necesariamente cumplan alguna de las condiciones anteriormente descritas, las cuales por prevención amerite mantenerlas en cuarentena.

  5. Brindar atención directa a un caso confirmado o probable, por un trabajador de la salud sin los elementos de protección personal recomendados: mascarilla de tipo quirúrgico y protección ocular; y si se realiza un procedimiento generador de aerosoles de mayor riesgo, protección ocular y respirador N95 o equivalente.

Se debe procurar el testeo en todos los contactos estrechos identificados por la Autoridad Sanitaria, durante los 2 primeros días desde el último contacto con el caso considerando como día 1 el último día de contacto con el caso. Si presenta síntomas, debe ser de inmediato

Exclusión: No se considerará contacto estrecho a una persona durante un periodo de 60 días después de haber sido un caso confirmado de SARS-CoV-2 (según definición de caso vigente), desde la fecha de inicio de síntomas en los casos sintomáticos, o desde la fecha de toma de muestra en el caso de asintomáticos. A menos que la Autoridad Sanitaria determine lo contrario según los antecedentes epidemiológicos.

Contacto estrecho de un caso SARS- CoV-2 con variante Delta: Cualquier persona que haya estado en contacto con un caso con variante Delta confirmado, probable o nexo epidemiológico de variante Delta durante el período de transmisibilidad, a partir de los dos días previos al inicio de los síntomas (sintomático) o fecha de toma de muestra (asintomáticos) del caso, por más de 15 minutos e independiente del uso de mascarilla.

Circunstancias particulares por actividad:

  1. Traslado en avión: Serán considerados como contacto estrecho en traslados en avión según la definición anterior, considerando 2 asientos alrededor del pasajero positivo.
  2. Traslado en bus: Serán considerados como contacto estrecho en traslados en bus, según el protocolo de detección de viajeros en pasos fronterizos terrestres, todos los pasajeros que compartieron el transporte terrestre con el caso confirmado de Covid-19, independiente del asiento en donde se encontraba el caso.
  3. Para el personal de salud se considera como contacto estrecho a la persona que brinda atención directa a un caso confirmado, por un trabajador de la salud sin los elementos de protección personal recomendados (mascarilla quirúrgica, protección ocular y/o procedimiento generador de aerosoles de mayor riesgo y/o respirador N95 o equivalente).

El riesgo asociado a las circunstancias descritas depende del nivel de exposición y del entorno, los cuales serán evaluados durante la investigación epidemiológica realizada por la autoridad sanitaria. Por lo tanto, la identificación de contactos estrechos puede o no incluir a personas que no necesariamente cumplan las condiciones anteriormente descritas.


Contacto de bajo riesgo: Personas que fueron contactos de un caso confirmado o sospechoso de COVID-19 y que no cumplen los criterios explicitados de un contacto estrecho.

Coronavirus COVID-19 SARS-CoV-2: Es una cepa de la familia de coronavirus que no se había identificado previamente en humanos. Es el nombre definitivo otorgado por la OMS. SARS-CoV-2 es el virus que produce la enfermedad COVID-19.

Cuarentena: Significa restringir las actividades o separar a las personas que no están enfermas pero que pueden haber estado expuestas a la COVID 19. El objetivo es prevenir la propagación de la enfermedad en el momento en que las personas empiezan a presentar síntomas. También se denomina período de Aislamiento o Aislamiento.

El Pase de Movilidad quedará NO HABILITADO durante el periodo de aislamiento.

Los períodos de aislamiento establecidos por la Autoridad Sanitaria son los siguientes:

Tipo de Caso Período de aislamiento (cuarentena)
Caso probable o confirmado, asintomático o sintomático leve o moderado, sin inmunocompromiso.  7 días desde el inicio de los síntomas o la toma de muestras.
Caso probable o confirmado severo (hospitalizado) , sin inmunocompromiso. 14 días desde inicio de síntomas.
Caso probable o confirmado inmunocomprometido. 21 días desde inicio de síntomas.

Para el Lugar de Aislamiento, ver definición.


Distanciamiento físico: Es una medida de mitigación comunitaria, frecuentemente utilizada en pandemias o en el contexto de alerta sanitaria. Esta medida corresponde a la disminución del contacto físico básico entre personas en cualquier situación.

Enfermedad profesional: Es la enfermedad causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realiza una persona y que le produce incapacidad o muerte.

Grupo de Riesgo: De acuerdo a lo señalado por la Autoridad Sanitaria, para el contexto de COVID-19, se considera grupo de riesgo a: personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas y personas con hipertensión, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedad pulmonar crónica u otras afecciones pulmonares graves, enfermedad renal con requerimiento de diálisis o similar; tratarse de una persona trasplantada y que continúe con medicamentos de inmunosupresión; padecer de cáncer y estar actualmente bajo tratamiento; tratarse de una persona con un sistema inmunitario disminuido como resultado de afecciones o medicamentos como inmunosupresores o corticoides.

Higienizar: Conjunto de técnicas o procedimientos, que deben aplicar los individuos para el control de los factores que pueden ejercer efectos nocivos para la salud.

Lugar de aislamiento (caso confirmado):

  • Residencia sanitaria: para personas que no puedan realizar un adecuado aislamiento en domicilio o que requieran monitoreo de síntomas.
  • Domicilio: podrá ser fiscalizado a través del Programa de Control de Aislamiento Domiciliario.

*Para los periodos de aislamiento ver “Cuarentena”.

Normas de seguridad: El conjunto de reglas obligatorias, dispuestas por la Universidad de Chile, o emanadas del respectivo organismo administrador del seguro social o de algún organismo público con autoridad para ello, que señalan la forma más segura de ejecutar un trabajo o establecen condiciones específicas de higiene y seguridad.

Persona en alerta COVID por haber tenido contacto con casos probables o casos confirmados:

  1. Persona que vive o ha estado a menos de un metro de distancia, sin mascarilla o sin el uso correcto de mascarilla, de un caso probable o confirmado sintomático, desde los 2 días antes y hasta 7 días después del inicio de síntomas del caso.
  2. Persona que vive o ha estado a menos de un metro de distancia, sin mascarilla o sin el uso correcto de mascarilla, de un caso probable o confirmado asintomático, desde los 2 días antes y hasta 7 días después de la toma de muestra.

El caso confirmado deberá dar aviso de su condición a todas las personas que pueda contactar directamente que cumplan con la definición de persona en alerta COVID.

Toda persona que cumpla la definición de persona en alerta COVID-19, independiente de si presenta o no signos o síntomas sugerentes de COVID 19, debe procurar realizarse un examen confirmatorio, sea PCR o prueba de detección de antígenos tomada en un centro de salud habilitado por la Autoridad Sanitaria o entidad delegada para la realización de este test. Dicho examen se debe realizar durante los 2 primeros días desde el contacto con el caso, considerando como día 1 el último día de contacto con el caso. Si presenta síntomas debe ser de inmediato.

La persona en alerta COVID-19 debe estar atenta a la presentación de síntomas hasta 10 días después del último contacto con el caso.

Las medidas de autocuidado que debe adoptar son el uso de mascarilla quirúrgica, evitar las actividades sociales, los lugares aglomerados, lugares sin ventilación y estar en trabajo remoto en la medida de lo posible.

Persona inmunocomprometida: Persona que ha recibido trasplante, tratamiento prolongado con corticoides u otro medicamento inmunomodulador o quimioterapia para cáncer, persona que vive con VIH que tenga un recuento de CD4 bajo 200 cl/mm3 o sin terapia antirretroviral, en hemodiálisis, peritoneodiálisis o cualquier otro cuadro que el médico tratante determine que compromete la respuesta inmune del organismo en forma importante. El aislamiento finaliza cuando han transcurrido 21 días desde la aparición de los síntomas (sintomáticos) o desde la toma de muestra (asintomáticos)

Prueba de Antígenos para SARS-CoV2: Para efectos de este protocolo, se entenderá referida exclusivamente para aquellas pruebas de detección de antígenos para SARS-CoV-2 que sean tomadas en un centro de salud habilitado por la Autoridad Sanitaria o entidad delegada para la realización de este test.

Recinto mediterráneo: Lugar con condiciones reducidas de luz natural y que no cuenta con ventilación natural, por lo que la renovación del aire es reducida.

Síntomas de COVID-19:
Para efectos de esta resolución, son síntomas de la COVID -19 los siguientes:

  1. Fiebre, esto es, presentar una temperatura corporal de 37,8 °C o más.
  2. Tos.
  3. Disnea o dificultad respiratoria.
  4. Congestión nasal.
  5. Taquipnea o aumento de la frecuencia respiratoria.
  6. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar fluidos.
  7. Mialgias o dolores musculares.
  8. Debilidad general o fatiga.
  9. Dolor torácico.
  10. Calofríos.
  11. Cefalea o dolor de cabeza.
  12. Diarrea.
  13. Anorexia o náuseas o vómitos.
  14. Pérdida brusca del olfato o anosmia.
  15. Pérdida brusca del gusto o ageusia.

    Se considerarán síntomas cardinales los indicados en los literales a., n. y o. precedentes, los demás, se consideran síntomas no cardinales.

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