“Estamos estudiando una línea de nuevas armas no letales” para Carabineros. Este fue uno de los recientes anuncios entregados por el Subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla a inicios del mes de diciembre, con el objetivo de dotar de mayores recursos a dicha institución a fin de disuadir las diversas manifestaciones que se están desarrollando a lo largo de todo el país. Una de estas armas no letales es el Long Range Acustic Device (LRAD), dispositivo sonoro antidisturbios que genera ruidos por sobre los 100 decibeles.
Como señalaron en una declaración desde la Sociedad Chilena de Otorrinolaringología, “no existen estudios a nivel nacional ni internacional que avalen su seguridad para la salud auditiva de la población expuesta como también del operador de este dispositivo”.
Esto último estaría relacionado con que, como advirtió el profesor del Departamento de Sonido de la Facultad de Artes, José Luis Cárdenas, “estas no son armas, son tecnologías que se generaron en EE.UU. en la década del 2000 por la empresa LRAD Corporation, y se usó inicialmente para comunicación de largas distancias, principalmente navales, y en caso de catástrofes”; dispositivos acústicos “que pueden emitir mensajes de voz, infrasonidos, y sirenas también de alarma”.
Estar debajo de una turbina de un avión despegando
Utilizado en países como Estados Unidos e Irlanda del Norte –y de modo experimental en Chile el año 2008-, este dispositivo puede focalizar angularmente el sonido a emitir. A pesar de ello, como señala el profesor Cárdenas, “cualquier sonido es una energía y puede provocar daño”. Ante esto, como complementó la profesora del Departamento de Fonoaudiología de la Facultad de Medicina, Ximena Hormazábal, al ser un sonido un tipo de energía, "va a depender cuánta energía yo recibo para saber cuál será el daño”.
Al respecto, detalló la especialista, “cuando se habla de decibeles no se sabe dimensionar”. Como ejemplificó la académica, “si esto fuera el sol, yo puedo saber que si bien es súper bueno, si yo me excedo me voy a quemar y me voy a hacer un daño en la piel”. Lo mismo ocurre con la exposición a este tipo de emisiones: “si yo estoy expuesta a un ruido muy intenso, 150-160 decibeles, que es lo que se plantea como máximo de salida de estos dispositivos, esto es equivalente a estar al lado de un avión despegando. Supera el umbral del dolor, que está estimado en 100-110 decibeles”. Esto último, advirtió el profesor Cárdenas, “depende de la edad y de las condiciones fisiológicas”, pudiendo ser incluso menor para algunas.
Como distinguió la especialista de la Facultad de Medicina, “si la exposición a una intensidad es menor -supongamos, 100 decibeles-, va a ser molesto e incómodo, y la gente va a alejarse y no va a provocar un nivel de daño”. En tanto, si la exposición es sistemática, “a largo plazo puede provocar una pérdida auditiva, que es como un envejecimiento más temprano de la audición”, al igual que la exposición solar.
Entre los efectos que puede tener este nivel de exposición, indicó la profesora Hormazabal, se encuentran “la rotura del tímpano, daño en la cadena de los huesecillos y la muerte de las células del oído interno y ese es un daño de inmediato”. En cuanto a los efectos de una exposición acotada, indicó la especialista, se encuentra la pérdida del equilibrio y la desorientación, dado que “una parte del oído interno es para audición y otra es para equilibrio”.
Una cuestión de salud pública
Si bien la emisión de esta energía sonora puede ser dirigida angularmente, como advirtieron los especialistas su utilización afectaría igualmente al entorno donde se aplicaría este instrumento, incluyendo a animales. Su uso de forma indiscriminada, indicó la profesora Hormazábal, "podría desarrollar un problema de salud pública", por su condición contaminante y sus efectos en la salud.
Como advirtió el profesor Cárdenas, "Chile tiene normativas respecto al ruido que establecen umbrales en los cuales la población está garantizada para resguardar su calidad de vida y su salud, y esa normativa está indicada en decretos". Estos son el DS38, que establece Norma de Emisión de Ruidos; y el DS594, referido al Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.