IV.4.4 Legislar mejor (La Época, Septiembre de 1997)

"La asignación de recursos a las universidades del Consejo de Rectores se basa en una legislación ciertamente inapropiada. Por una parte, establece la entrega del aporte fiscal directo (AFD) sin consideración explícita de los temas, programas o actividades que serán responsabilidad de las instituciones. No es consecuente que el Estado asigne recursos de todos los chilenos a entidades privadas, por ejemplo, sin que exista un compromiso de resultados, y sin que el Estado tenga la oportunidad de ejercer ningún sistema de control. Asimismo, las entidades públicas debieran tener menos sistemas de control formal, usualmente paralizante y favorecedor de las burocracias, con más control de lo esencial: resultados académicos, calidad de su trabajo, proyección de su capital físico y humano.

Pero, además, la asignación de recursos entre instituciones radica en una Ley que fija el 95 por ciento de los recursos a la base de 1988, y " redistribuye " el 5 por ciento restante sobre la base de cinco indicadores. Un buen principio. Sin embargo, no se conoce la existencia y evolución de esos indicadores para las distintas instituciones públicas y privadas, especialmente aquéllos que tienen que ver con estudios de posgrado del personal académico, las publicaciones relevantes y ¿Cómo, efectivamente, se utiliza esa información para "reasignar" los recursos? En cuanto a la asignación fiscal indirecta (AFI) y la ayuda estudiantil, existe una notoria distancia respecto de los niveles que se presupuestaban con la dictación de dicha Ley. Por ello, es posible cuantificar un claro déficit en relación al aporte estatal esperado al sistema universitario que, en su conjunto, alcanza a unos 200 millones de dólares ¿Cuáles son las razones por las que estas distorsiones no se corrigen y no están siquiera en la agenda en discusión? ¿No llegó la hora de la educación universitaria en el contexto del proyecto-país y del mejoramiento integral de la educación?

Por otra parte, subsisten serias deficiencias en la gestión de los recursos, inducidas por la existencia de incentivos inadecuados que proporciona la actual legislación. Por ejemplo, los llamados Fondos de Desarrollo Institucional precisan de normas específicas que los transformen en efectivos instrumentos que, por medio de ideas en competencia, favorezcan a las mejores instituciones del Estado. Asimismo, las universidades deben excluirse de la administración del crédito fiscal, al ser ese un problema que escapa a su ámbito, y que amerita una instancia pública distinta, única y especializada. ¿No es conveniente discutir abiertamente estos temas?

Los temas universitarios requieren de una política global, no sólo dirigida a los aspectos formales, sino a definir la política estatal y los mecanismos y montos de financiamiento. De otro modo, se perpetuarán problemas ya observados en las instituciones universitarias: falta de progreso en materia académica, insatisfacción de sus comunidades, ausencia de los proyectos institucionales que el país necesita para consolidar su desarrollo. En esto, las universidades estatales son las más perjudicadas, porque en ellas se denota más claramente los efectos perniciosos de las prácticas prevalecientes ".

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