Políticas de Gestión y Desarrollo de Personas
Son políticas de Gestión y Desarrollo de Personas todas las guías orientadoras para ejecutar acciones administrativas enfocadas hacia los funcionarios de la Universidad y al desarrollo institucional. La definición de nuestras políticas debe estar en concordancia con las definiciones estratégicas generales señaladas por la Universidad, las que determinan su razón de ser y su visualización de futuro, y estar orientadas a apoyar y dar viabilidad a la construcción de ese estado futuro deseado.
La Universidad de Chile promulgó el 4 de marzo la Política Universitaria de Gestión y Desarrollo para la Carrera Funcionaria y la Política de Buenas Prácticas Laborales, que dotan de un marco institucional al plantel en materia de desarrollo laboral y comunitario, y fueron desarrolladas de manera triestamental y colaborativa. Bienestar, equidad, inclusión, respeto y promoción de los derechos humanos y laborales, son parte de los pilares de ambas políticas universitarias.
- Política Universitaria de Gestión y Desarrollo para la Carrera Funcionaria
- Política de Buenas Prácticas Laborales
Objetivos Estratégicos de Gestión y Desarrollo de Personas
Vinculados con los lineamientos de la Universidad se encuentran los objetivos estratégicos de Recursos Humanos, desarrollados y consensuados por la comunidad universitaria mediante un proceso de reflexión participativo en el marco del desarrollo del Proyecto de Desarrollo Institucional.
- Impulsar una política de incorporación, desarrollo, jubilación y retiros que permita generar las condiciones para asegurar una adecuada renovación de los cuadros académicos y del personal de apoyo.
- Instituir una política y esquema de remuneraciones del personal académico que contemple estándares competitivos de referencia académica, tengan en consideración las condiciones del mercado y defina políticas de incentivo para los académicos de excelencia.
- Fortalecer la carrera funcionaria, estableciendo un programa de reforzamiento de la carrera profesional en labores técnicas y administrativas, con parámetros de ingreso, permanencia, promoción y desvinculación.
Objetivos de la Política de Gestión y Desarrollo de Personas
a) Promover el desarrollo de una gestión moderna que anticipe, oriente y fortalezca los cambios necesarios para cumplir los objetivos estratégicos institucionales, desarrollando una administración que así mismo, promueva el desarrollo de las personas y de la organización.
b) Fortalecer la Gestión y Desarrollo de Personas de los organismos universitarios, apoyando, orientando y asesorándolos, para contribuir al cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales en este ámbito.
c) Desarrollar un sistema integral de Gestión y Desarrollo de Personas que contenga políticas y procedimientos de reclutamiento y selección, de remuneraciones, capacitación y desvinculación, homogéneo, transversal al conjunto de los organismos universitarios.
d) Fomentar el sentido de pertenencia, compromiso, identidad, integración y transversalidad en las actuaciones de los funcionarios de la Universidad.
e) Promover en la Universidad de Chile un estilo relacional sustentado en la cooperación, la rigurosidad académica y profesional, el respeto a la pluralidad y universalidad del pensamiento, así como la participación y compromiso con los principios orientadores de nuestra Casa de Estudios.
f) Promover climas laborales sustentados en formas de comunicación directa y relaciones humanas armónicas. Promoción y logro del mejoramiento de la calidad de vida del personal, de sus condiciones de trabajo y el desarrollo de acciones sistemáticas de prevención de riesgos.
Políticas de Gestión y Desarrollo de Personas
1. Política de Ingreso
Se incorporará como parte de la comunidad Universitaria a personal de la más alta calidad profesional cuyas competencias se encuentren en concordancia con las exigencias y objetivos institucionales, a través de procedimientos técnicos y transparentes, no discriminatorios basados en el mérito y la excelencia.
2. Política General del Desarrollo de Personas
La Universidad buscará un adecuado equilibrio entre el cumplimiento de los objetivos institucionales y el desarrollo profesional junto con el mejoramiento de las condiciones de trabajo. Utilizará la capacitación, el perfeccionamiento y la evaluación del desempeño como herramientas de apoyo fundamentales. Esta política general considera políticas específicas en: Capacitación y perfeccionamiento, Remuneraciones, Prevención de Riesgos, Evaluación del Desempeño y Desvinculación.
2.1. Política de Capacitación y Perfeccionamiento
La Universidad capacitará y perfeccionará a sus funcionarios, desarrollando las competencias, capacidades personales y profesionales requeridas para el cumplimiento de los objetivos institucionales, facilitando a la vez su adaptación a la organización, a los cambios culturales y tecnológicos, contribuyendo también a su desarrollo personal.
2.2. Política de Remuneraciones
La Universidad, para el cumplimiento de sus objetivos institucionales, incorporará al personal de la mayor excelencia disponible, para lo cual deberá fijar niveles de remuneraciones e incentivos que consideren las realidades existentes en los diferentes mercados profesionales. Además, retendrá a dicho personal mediante incentivos económicos y no económicos ligados al desempeño individual y colectivo.
2.3 Política de Evaluación de Desempeño
La Universidad para dar cumplimento a sus objetivos institucionales motivará y orientará el actuar de sus funcionarios a la mejora continua del rendimiento mediante un proceso de evaluación del desempeño proveído por un sistema de calificación objetivo, transparente e informado.
2.4 Política de Calidad de vida laboral
La Universidad propenderá a mejorar permanentemente la calidad de vida laboral, desarrollando y facilitando acciones que promuevan; climas y ambientes de trabajo armónicos; estilos de vida saludable y condiciones seguras de trabajo.
3. Política de Desvinculación
La Universidad velará por una adecuada renovación de su dotación de personal, implementando un modelo de desvinculación que se aplique a partir de los 65 años de edad, sin perjuicio de las demás causales contenidas en el Estatuto Administrativo.