Bono post laboral
¿Qué es el bono post laboral?
Es un bono de naturaleza laboral de $50.000 mensuales establecido el la ley N° 20.305, que mejora las condiciones de retiro de los trabajadores del sector público con bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.
Requisitos
- Tener cumplidos los 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años de edad en el caso de los hombres.
- Estar afiliados al sistema de pensiones del D.L. N° 3.500 (AFP)
- Funcionario público en calidad de planta, contrata o contratado bajo Código del Trabajo tanto a la fecha de postulación, como con anterioridad al 1 de mayo de 1981
- Tener a lo menos 20 años de servicio público al 5 de diciembre de 2008
- Tener tasa de reemplazo líquida igual o inferior al 55%
- Cesar en el cargo o terminar el contrato de trabajo, por renuncia voluntaria, o por obtener pensión de vejez según DL Nº 3.500, por supresión del empleo, o por término de contrato por necesidades de la empresa según art. 161 del Código del Trabajo, dentro de los 12 meses siguientes de cumplirse la edad legal para jubilar
Procedimiento
Cobertura General:
En el caso de los funcionarios que trabajan en la universidad, deberán presentar la solicitud de bono post laboral dentro de los 12 meses siguientes al cumplimiento de la edad legal para jubilar a su jefe de personal, para que éste solicite la tasa de reemplazo líquida a la Superintendencia de Pensiones.
Los plazos podrán variar si es que los funcionarios se quieren acoger a la ley N° 20.374 de incentivo al retiro, y ya tienen cumplida la edad legal para jubilar a la fecha de entrada en vigencia de la ley N° 20.305.
Cobertura especial:
En el caso de los ex funcionarios, personas que obtengan pensión de invalidez según Decreto ley Nº 3.500, o personas que obtengan pensión de vejez anticipada por trabajos pesados según Decreto ley Nº 3.500, deberán presentar la solicitud ante el organismo donde trabajaron por última vez.