Luego de un abordaje por parte de diferentes organismos universitarios, el 1° de marzo de 2020 comenzó a aplicarse el Reglamento General de Carrera Académica actualizado, documento que “norma las categorías y carreras académicas, definiendo las respectivas jerarquías”, así como “los requisitos, criterios y procedimientos para ingresar a ellas, y aquellos que rigen la permanencia, la promoción y el egreso”. Esta normativa también regula el funcionamiento de la Comisión Superior de Evaluación Académica y de las Comisiones Locales.
La tramitación formal del texto que hoy se encuentra vigente comenzó en 2014, con una propuesta elaborada por el Senado Universitario en el periodo 2007 – 2014, la que posteriormente recibió aportes de la Comisión Superior de Evaluación Académica, el Consejo de Evaluación, el Consejo Universitario, la Vicerrectoría de Asuntos Académicos, la Dirección Jurídica y otras instancias. Finalmente, la normativa se oficializó a fines de enero del 2020 mediante el Decreto Universitario N°0035864, tras la revisión final de la Contraloría Interna Universitaria.
Para el Rector Ennio Vivaldi, esta actualización responde a que “una de las preocupaciones primordiales de la Universidad es asegurar y estimular el desarrollo de su cuerpo académico”, esto, a través de “la aplicación sistemática de políticas y mecanismos institucionales que guíen a sus miembros en el desarrollo de sus capacidades para el ejercicio de labores de creciente complejidad y responsabilidad, estimulando su sentido de pertenencia y orientando su trabajo hacia los valores fundamentales de la Universidad de Chile”.
“Este nuevo ordenamiento busca reflejar adecuadamente la creciente complejidad de la labor académica en la Universidad y el mejor aprovechamiento del talento, conocimiento y experiencia de sus integrantes”, destaca la Vicerrectora de Asuntos Académicos, Rosa Devés, para quien el reglamento actualizado presenta también “cambios a nivel de los procesos, siempre en búsqueda de maximizar la confiabilidad, el rigor y la transparencia de las decisiones”.
Esto último queda reflejado específicamente en la existencia de rúbricas que precisan los requerimientos para los distintos niveles jerárquicos, además de reflejar idóneamente su aplicación en las diversas disciplinas que cultiva nuestra Universidad. Para el Profesor Miguel Allende, presidente del Consejo de Evaluación, organismo encargado de supervisar el proceso de evaluación académica, la existencia de estas herramientas contribuirá a generar mayor confianza en los académicos que se someten al proceso “porque van a tener claro cuáles son los criterios de evaluación y como institución podremos tener una visión más holística del quehacer, recogiendo la máxima diversidad y variedad posible de actividades para incluir cosas que antes tal vez no se reconocían tanto en la promoción de los profesores”.
Nuevo ordenamiento y categorías
“Legalmente la Universidad posee atribuciones para crear sus propias normas respecto de los académicos, y el ejercicio de esa potestad es lo que se ha materializado en el reglamento de carrera académica. Se trata de una expresión de la autonomía que posee la Universidad, especialmente en lo administrativo y en lo académico, porque si bien los académicos son funcionarios públicos, este estamento se rige con un estatuto particular que se funda en el autogobierno de la universidad”, explica Fernando Molina, Director Jurídico de la Universidad, para entender el marco normativo de esta iniciativa.
Con el objetivo de fomentar y cautelar “la idoneidad y excelencia del cuerpo académico”, como indica el documento, se establece que categoría académica corresponde al conjunto de jerarquías que definen un determinado perfil, en razón de sus funciones y actividades, enmarcadas a su vez en la carrera académica, la cual contempla el conjunto de condiciones y plazos que permiten la progresión jerárquica.
El Reglamento General de Carrera Académica establece cuatro categorías diferentes: las Carreras Ordinaria y Docente. Las otras dos son la Categoría de Profesor Adjunto y la nueva Categoría de Investigador Postdoctoral.
- La Categoría Académica Ordinaria, donde quienes la integren deberán realizar investigación o creación, además de docencia superior. En las jerarquías que señale este reglamento efectuarán labores de extensión.
- La Categoría Académica Docente, donde deberán realizar docencia superior, sustentada por una labor profesional destacada o en el saber disciplinario. Podrán, además, realizar otras de las actividades indicadas en el artículo primero.
- La Categoría Académica Adjunta, dondedeberán realizar docencia superior, o investigación, o creación, o extensión.
- Finalmente, la nueva Categoría Académica de Investigador Postdoctoral en la cual deberán realizar actividades de investigación o creación bajo la supervisión de un(a) profesor(a) conforme indique un Reglamento especial. Dicho Reglamento establecerá, además, los requisitos y las formas de ingreso, evaluación, permanencia y egreso de la misma.
Impacto en la valoración de las actividades académicas
Uno de los lineamientos de esta actualización tiene que ver con el fortalecimiento de la transparencia de los procesos que aseguran la calidad docente, contribuyendo así al mejoramiento constante de quienes sostienen las tareas universitarias de docencia, investigación, creación, extensión y gestión. Para el presidente del CEv, Miguel Allende, el avance en esta materia es notorio ya que se explicitan con claridad los términos de funcionamiento de la carrera académica, así como “cuáles van a ser las condiciones para que haya ascensos, cómo van a funcionar los mecanismos de promoción, los tiempos de permanencia son súper claros ahora, qué tipo de perfil de académico queremos que entre a la Universidad y cuál queremos que sea su quehacer”, explica.
En la misma línea, para la vicerrectora Rosa Devés la incorporación de estas modificaciones reglamentarias colabora en establecer los estándares con que la Universidad valoriza el ejercicio docente y de enseñanza, lo cual debiera reflejarse también con otros procesos como el de Calificación Académica. “Este reglamento implícitamente reconoce la creciente complejidad de la formación en la educación superior, y la necesaria valoración del trabajo colaborativo de académicos que realizan su quehacer con distintos énfasis, lo que a nuestro juicio es una necesidad en la actualidad”, sostiene la vicerrectora Rosa Devés. La nueva Dirección de Desarrollo Académico, a cargo del Profesor Claudio Olea, estará activamente apoyando el trabajo de difusión e implementación de este Reglamento.
Para conocer en detalle el reglamento de carrera académica y otros vinculados a la materia, puedes visitar el Marco Normativo de nuestra Casa de Estudios aquí.