Según Marcial Beltrami, profesor del Departamento de Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, el apego entre nosotros y los animales no humanos se debe, por un lado, a una base biológica evolutiva que confirma que en los mamíferos están presentes las emociones básicas.
“Por lo tanto está el amor, está la ira, está el miedo. Y además, cuando una especie doméstica, como los perros, se originó a partir de una especie social silvestre como los lobos, evolutivamente en un ambiente de interacción formaron estos vínculos. Y como nosotros somos primates, y los primates somos eminentemente sociales, formamos interacciones sociales con miembros de nuestra especie, pero también con otras especies”, explica el especialista.
Dicha perspectiva señalada por el zoólogo y etólogo egresado de nuestra universidad va muy en línea con lo que popularmente se conoce hoy bajo el concepto de “pet-friendly”. Una tendencia que apunta a construir ciudades, establecimientos y actividades más respetuosas con los animales, permitiendo, por ejemplo, que ingreses a bancos, restaurantes o malls con ellos.
A este aspecto se suma la importancia del apoyo y soporte emocional que pueden brindar los animales para sus tutores y tutoras. A través del afecto y el compañerismo, prestan ayuda terapéutica a personas que viven episodios recurrentes de miedo, pánico, ansiedad o fobias. Hacen parte del tratamiento psicológico, psiquiátrico o médico de los pacientes, y frente a situaciones de estrés postraumático, tienen la facultad de hacernos sentir mejor ante escenarios adversos.
Pero cuando se habla de espacios “pet-friendly” es importante analizar qué es mejor para ellos y no solo guiarnos por nuestro deseo de querer sumarlos a todo nuestro itinerario. Así lo enfatiza la académica de la Facultad de Ciencias Veterinarias y Pecuarias de la U. de Chile, Loreto Muñoz.
“Muchas cosas que antes no se podía hacer, como ir a trabajar con tu mascota, ir a un restaurante, a un mall. Todo eso ha ido cambiando, porque ya es parte de la familia, que hagas tus cosas con tu perro o tu gato es normal. Pero yo creo que ahí también hay una línea bien fina entre humanizar al gato y al perro. Yo creo que aquí falta también enseñar qué es tener una buena relación con tu mascota, porque humanizar también es dañino, que anden con ropa, con zapatos, no es natural para ellos, no es algo que quizás les guste”, explica la especialista de nuestro plantel.
¿Los animales tienen derechos?
Si bien la perspectiva “pet-friendly” ha facilitado la concientización, y por qué no decirlo, la comodidad de nuestro cotidiano, para la especialista de nuestro plantel hay que velar, en primer lugar, por el bienestar de dichos animales, ya que como tutoras y tutores somos responsables de garantizarlo.
En Chile, existen distintas leyes y proyectos de ley que protegen a los animales en materia de derechos. Entre ellos, el Código Penal, cuyos artículos 291 bis y 291 ter establecen el delito de maltrato animal. La Ley 20.380 de Protección animal promulgada en 2009; una de las primeras normas que protegieron a los animales y los reconocen como seres vivos dotados de sensibilidad. La Ley 21.020 de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía publicada en 2017, conocida popularmente como “Ley Cholito”, y que actualmente busca ser modificada a través del proyecto de ley “No me abandones”, que endurece las penas en torno al abandono animal.
Y el 18 de julio de 2022, el Senado ingresó un proyecto de modificación del Código del Trabajo para establecer un permiso laboral en caso de muerte de una mascota o animal de compañía. Pero, ¿realmente podemos hablar de “derechos” animales? Para profundizar en esta dimensión conversamos junto a Javiera Farga, abogada egresada de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile e integrante de la Fundación Derecho y Defensa Animal.
“Existen distintas formas de definir el derecho animal como una rama del derecho. La forma que yo quisiera rescatar es aquella que lo define como el conjunto de teorías, principios y normas destinados a brindar protección a los animales no humanos y propender a su bienestar y protección. Esta es solo una de las posibles definiciones. Actualmente, la forma en que la ley está protegiendo a los animales no humanos no es de ninguna forma a través de la concesión de derechos. No existe. Los animales no tienen derecho porque son objetos. El derecho divide todo lo existente en dos grandes categorías: los que son sujeto de derecho, y otros que son objetos. Y los animales, en esta categoría, no tienen”.
¿Y particularmente esto qué significa? Profundiza Farga: “Su estatus jurídico es el de bienes muebles. Están definidos así en el Código Civil y eso significa que sobre ellos podemos ejercer todas las atribuciones del dominio. Esto es uso, goce y disposición. Esto significa en la práctica, que podemos utilizarlos tal como queramos: como compañía, para experimentación, entretención en circos y zoológicos, podemos apropiarnos de sus crías, etc. Y la disposición significa que podemos venderlos o destruirlos, es decir, matarlos. Esto es porque sobre ellos rigen todas las normas que son de la propiedad”.
Desafíos para una sociedad más respetuosa y responsable con los animales
En este contexto, las especialistas U. de Chile puntualizan aquello que aún sigue pendiente por avanzar.
“Yo creo que el siguiente paso es lograr la inclusión de los animales en la Constitución. Mientras frente a los animales no exista un deber de protección, un principio a nivel de la Constitución, siempre en caso de conflicto, va a entrar perdiendo la protección de los animales”, enfatiza Javiera Farga. Otro tema importante en la inclusión de los animales en la Constitución, indica, sería que esto tiene que ser de forma separada el medio ambiente.
“No porque los animales no sean parte del ambiente, sino porque cuando hablamos de la protección del medio ambiente y la naturaleza nos referimos a protección de sistema, de ecosistema de los animales en cuanto a su especie. Pero es posible dañar a los animales sin que su especie sea dañada. Por ejemplo, todos los delitos de maltrato animal que implica el daño a un animal doméstico, como por ejemplo un perro, no daña a la especie, no daña el medio ambiente, daña a un individuo y por eso es importante que esta protección, debido a las características especiales que tienen los animales de ser capaces de sentir, tiene que ser de forma separada”, explica la egresada U. de Chile.
Por su parte, para la profesora Muñoz, “falta generar conciencia, que no es solamente llevar a la mascota a un lado y con eso estamos listos. Sino que tú también tener tu mascota, enseñarles, educarles. Porque en muchos casos el perro es agresivo, el perro no se porta bien, lo sueltan y anda por cualquier lado y ellos piensan que con decirles el nombre obedecen y no obedecen. Entonces ahí no está educado y eso es fundamental para la convivencia”.
Si quieres saber más al respecto, te invitamos a revisar el capítulo 171 de Universidad de Chile Podcast. Ya disponible en Spotify, Tantaku, Apple Podcast y YouTube.