Normas reglamentarias del Programa de Estudios conducente al Título de Profesional Especialista
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1ª
El Título Profesional Especialista es el que otorga la Universidad de Chile a quien a cursado y aprobado un programa de estudios de especialización primaria o secundaria en una rama o campo profesional específico.
Artículo 2ª
Los programas de estudios conducentes al Título de Profesional Especialista, corresponden a estudios sistemáticos impartidos por las Facultades e Institutos Interdisciplinarios de la Universidad de Chile, para la formación en un área específica y exclusiva de una o más profesiones y que capacita para resolver problemas de muy alta complejidad.
Artículo 3ª
Especialidad primaria corresponde a la profundización de conocimientos y desarrollo de destrezas adicionales en un campo o sector específico profesional.
Artículo 4ª
Especialidad secundaria o derivada corresponde a la profundización de conocimientos y desarrollo de nuevas destrezas en un aspecto selectivo o particular del campo de una especialidad primaria.