Normas reglamentarias del Programa de Estudios conducente al Título de Profesional Especialista

TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1ª

El Título Profesional Especialista es el que otorga la Universidad de Chile a quien a cursado y aprobado un programa de estudios de especialización primaria o secundaria en una rama o campo profesional específico.

Artículo 2ª

Los programas de estudios conducentes al Título de Profesional Especialista, corresponden a estudios sistemáticos impartidos por las Facultades e Institutos Interdisciplinarios de la Universidad de Chile, para la formación en un área específica y exclusiva de una o más profesiones y que capacita para resolver problemas de muy alta complejidad.

Artículo 3ª

Especialidad primaria corresponde a la profundización de conocimientos y desarrollo de destrezas adicionales en un campo o sector específico profesional.

Artículo 4ª

Especialidad secundaria o derivada corresponde a la profundización de conocimientos y desarrollo de nuevas destrezas en un aspecto selectivo o particular del campo de una especialidad primaria.

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