La Universidad de Chile requiere reformar su Estatuto, ciertamente, para resolver las diversas incoherencias que tiene el que está en vigencia; pero mucho más fundamentalmente requiere reformar su Estatuto por razones que atañen al gobierno, la estructura académica, las formas de vinculación con el Estado y la sociedad y la necesaria flexibilidad que deben tener los cuerpos normativos para enfrentar los desafíos de una realidad cambiante en todos los órdenes, tanto nacional como internacionalmente. Una mirada de futuro y largo plazo es imprescindible para ello, y su perspectiva tiene que estar orientada por una discusión rica y fundada no solo de una comisión de expertos, sino de toda la comunidad universitaria, en la cual, tal como lo establece el Artículo 12 del Título I del Estatuto, reside en última instancia “la facultad de decidir respecto del funcionamiento, organización, gobierno y administración de la institución, la que ejercerá mediante los órganos y procedimientos establecidos en el presente Estatuto".
El proceso que el Senado, en ejercicio de sus atribuciones estatutarias, ha diseñado para llevar a cabo esta reforma, consiste en tres etapas: Discusión, Encuentro y Referéndum. Actualmente está en curso, en las Facultades e Institutos y otras reparticiones, la etapa de Discusión Universitaria. El Senado mantiene en permanente actualización el estado de avance de esta etapa en los diversos lugares de la universidad, a fin de asegurar su efectividad y resguardar las condiciones que favorezcan un debate reflexivo, informado y fundado, en especial las condiciones que conciernen al tiempo necesario para que su finalidad se cumpla plenamente. En este sentido, los plazos actualmente vigentes -término de la fase de discusión local en el mes de octubre y de la fase de discusión transversal en el mes de noviembre, así como la realización del Encuentro Universitario en enero de 2016- podrán ser modificados, siempre que para ellas existan circunstancias claramente justificadas. El Referéndum, en todo caso, se concretará durante el primer semestre de 2016.
En el marco de esta etapa, el próximo día jueves 3 de septiembre se dará inicio a una serie de foros temáticos con la intervención de personalidades de gobierno, parlamento, universidades, empresa y organizaciones sociales, invitadas cada quincena, hasta el día miércoles 18 de noviembre, para formular sus perspectivas y expectativas con respecto a la Universidad de Chile, su relación con el Estado y la sociedad y con el sistema de educación terciaria, así como las condiciones que debe satisfacer para entregar el aporte al desarrollo integral de la comunidad nacional que determina su propia misión. Estos foros tienen el propósito de nutrir los planteamientos de la comunidad que serán posteriormente recogidos y articulados como propuestas en la etapa de Encuentro Universitario.
Las propuestas que se generen en el Encuentro, junto con aquellas que fueran previamente aprobadas por el Senado Universitario en su anterior ejercicio, se inscribirán en un contexto mayor, de carácter normativo y estratégico, en referencia al cual deberán ser contrastadas según su eventual fundamentación, consistencia y pertinencia. Este contexto mayor abarca todas las temáticas que son necesarias de considerar para reformar el marco estatutario de la Universidad de Chile: la misión, los principios fundamentales y los objetivos estratégicos de largo plazo, unidos a los procesos de desarrollo del conocimiento y a los criterios de calidad de las actividades académicas. Todo lo que concierne la forma de gobierno y a la distribución de poderes superiores en la Universidad, como también a los temas de gestión, está situado en este contexto y las propuestas que al respecto surjan deberán probar su pertinencia en relación con esas temáticas prioritarias.
Las propuestas, en cuanto alcancen los umbrales de validación que han sido previamente definidos, integrarán el cuerpo de alternativas que será sometido a la comunidad en Referéndum. Esto significa que en el Encuentro Universitario se podrá aprobar, modificar o desestimar cualquiera de las propuestas que allí se presenten, sin distinción de procedencia, incluidas aquellas que fueron aprobadas previamente por el Senado, las que podrán ser modificadas o revocadas por el Senado como parte del proceso de formalización del resultado del Encuentro.
De esta manera, el Senado Universitario hace valer el principio expresado en el Artículo 12 del Título I del Estatuto, previamente citado, que hace descansar en la comunidad, a través de los medios y órganos establecidos en ese mismo cuerpo normativo la facultad de decidir sobre los asuntos fundamentales de la institución.