Constitución y medio ambiente: ‘aggiornar’ no sirve, se requiere cambiar de paradigma

Constitución y medio ambiente: se requiere cambiar de paradigma
Académico de la Facultad de Filosofía de la Universidad de Chile e Integrante PROMA, Mauricio Folchi
Académica Centro de Derecho Ambiental de la Universidad de Chile e Integrante PROMA, Ximena Insunza

Durante la primera quincena de marzo, la Comisión de Medio Ambiente (CMA) de la Convención Constitucional (CC) presentó su primer informe al Pleno, el cual fue rechazado en su mayor parte. Las críticas que recibió el informe, dentro y fuera de la CC, calificaron el trabajo de ésta como: ideologizado, doctrinario, dogmático, desprolijo, maximalista, antieconómico, carente de base jurídica, etc. Junto con eso, se escucharon llamados a la “moderación”, a elaborar “normas razonables”, a no transgredir la “tradición institucional”, lo que podría interpretarse como ‘aggionar’ lo que ya existe.

Estas opiniones parecen no ser conscientes de la magnitud y profundidad que ha alcanzado la crisis climática, ecológica y socioambiental que vive el planeta y nuestro país, la que pone en evidencia que el esquema jurídico-institucional vigente no ha sido capaz de contrarrestar las fuerzas que nos han conducido a esta crisis y cuya inmutabilidad solo seguirá profundizando.

El consenso de Rio 92, apodado como “desarrollo sustentable”, es un artefacto utilizado durante las últimas décadas para enfrentar los desafíos ambientales y ha devenido en fracaso. Perseverar ese esquema político-jurídico sería a estas alturas, un error, una contumacia. Es imprescindible cambiar el paradigma con el cuál observamos, explicamos y enfrentaremos los desafíos ambientales. Esto es algo que la CMA asumió con claridad y determinación, cosa que celebramos, pero falló a la hora de calibrar sus convicciones para alcanzar el apoyo requerido en el Pleno.

Reconocer la crisis climática, asignar al Estado un mandato fuerte y prioritario para proteger la naturaleza y el ambiente, otorgarle la calidad de sujeto de derecho a la naturaleza, crear una figura distinta respecto de ciertos bienes, consagrar principios como progresividad, justicia ambiental y democracia ambiental, introducir conceptos como biodiversidad y ecosistemas en el vocabulario constitucional, reconocer el acceso responsable a la naturaleza, son algunas de las innovaciones que  contiene el informe de reemplazo de la CMA, las cuales se hacen cargo del cambio de paradigma que se necesita.

Si estas normas son incorporadas al texto de la Nueva Constitución se habrá avanzado sustantivamente, pero luego será necesario que en el proceso de armonización se haga un trabajo aún más riguroso, sobre todo teniendo en consideración las normas aprobadas en relación a los deberes de las entidades regionales. Pareciera que las comisiones no han conversado entre sí, pero, a pesar de sus tropiezos, tenemos esperanza en que el proceso nos permitirá alcanzar la tan anhelada “constitución ecológica”.