Preguntas frecuentes

¿Una vez lista la activación ya tengo mis medidas de flexibilidad académica?

No, debes esperar a la verificación de los requisitos y de los documentos de acreditación. Luego se te citará a una reunión para definir los acuerdos y seguido de ello, inicia la implementación. 

¿Es posible activar la flexibilidad académica y que no sean implementadas las medidas en el mismo semestre?

La activación de la flexibilidad académica corresponde a la etapa en que se entregan los documentos para certificar la situación específica y son verificados en la Unidad Académica. Luego de ello, la flexibilidad académica se encuentra activa por el período de vigencia respectivo a cada situación. La implementación ocurre una vez que se tiene una instancia específica para acordar las medidas de flexibilidad académica a aplicar en el semestre. Por lo que es posible tener activa la flexibilidad e implementarse en el siguiente semestre. Sobre todo si con el transcurso del semestre ya no es factible su aplicación dado fechas debidamente comunicadas. Por este motivo, es muy importante mantener la comunicación con las personas a cargo en tu Unidad Académica.

¿Puedo solicitar medidas de flexibilidad académica en cualquier semestre de mi carrera?

Sí, puedes solicitar medidas de flexibilidad académica en cualquier semestre de tu carrera, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos y acredites tu situación. Sin embargo, algunas medidas, como la postergación de estudios o la baja carga académica, podrían afectar tu progreso o retrasar tu tiempo de egreso, por lo que es importante analizar las implicancias con tu Jefatura de Carrera antes de tomar una decisión.

¿Qué debo hacer si mi credencial de discapacidad está en trámite?

Debes presentar un documento de respaldo de que se inició el proceso para la inscripción en el registro nacional de la discapacidad, junto con un certificado médico. Así, para el siguiente semestre académico, deberías presentar la credencial de discapacidad.

¿Qué sucede con la gratuidad o mis becas económicas si aplico a medidas de flexibilidad académica como postergación de estudios o baja carga académica?

Puede haber modificaciones en los años predeterminados para los beneficios económicos universitarios, por lo que es muy importante que esta situación sea conversada con Bienestar Estudiantil de tu Facultad/programa, ya que se requiere de una revisión personalizada, para así contar con una orientación situada.

¿Qué puedo hacer si mi situación específica no aparece dentro de las descritas para la flexibilidad académica?

A nivel de la Universidad, las situaciones específicas definidas se vinculan con las políticas institucionales o las normas nacionales existentes (puedes consultar la tabla 3 más abajo). 

Entonces, si tu situación no corresponde a una de las descritas, te sugerimos contactarte con la DAE de tu Unidad Académica para notificar tu situación.

Tabla 3. Situaciones consideradas y marco normativo institucional y nacional

Situación del o la estudiante

Normativa asociada

Madre o padre de niñas/os, hasta los seis años1

Política Institucional de Corresponsabilidad Social en la Conciliación de las Responsabilidades Familiares y las Actividades Universitarias

Madre o padre de niñas/os con discapacidad2

En consideración a los permisos y otras flexibilidades que se han incorporado en el Código del Trabajo para padres, madres, personas cuidadoras o tutores de niños/as/es con discapacidad sobre los seis años, se toma como referencia las normativas en el ámbito laboral para el contexto de la Educación Superior, además de alinearse con los principios de la corresponsabilidad social. 

  • Ley N° 21.645 que establece el derecho al trabajo a distancia o teletrabajo para trabajadores que tengan a su cuidado menores de catorce años o a una persona con discapacidad. 
  • Ley N° 20.535 que concede permiso a los padres de hijos con discapacidad, para ausentarse del trabajo. 
  • Ley N° 21.545 que establece la promoción de la inclusión y la protección de los derechos de las personas del Espectro Autista.

Persona con discapacidad3

  • Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad (Decreto 201)
  • Ley N° 20.422 que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad
  • Ley N° 21.091 Sobre Educación Superior
  • Ley N° 21.545 que establece la promoción de la inclusión y la protección de los derechos de las personas del Espectro Autista.

Deportista de selección nacional o universitaria4

  • Ley N° 19.712 del Deporte
  • Política Nacional de Actividad Física y Deporte
  • Decreto Universitario Exento N°006808

Persona damnificada por catástrofes o emergencias5

En vinculación con los procedimientos y acciones desplegadas desde el Ministerio de Desarrollo Social y de Familia.

  • Decreto 1434 Exento que aprueba Plan Nacional de Emergencia

1. Política Institucional de Corresponsabilidad Social en la Conciliación de las Responsabilidades Familiares y las Actividades Universitarias https://libros.uchile.cl/1116

2. Ley N°21.645 https://bcn.cl/3h9kc
Ley N° 20.535 https://bcn.cl/2kd9m
Ley N° 21.545 https://bcn.cl/3c7ek

3. Decreto 201 https://bcn.cl/2ho2o
Ley N° 20.422 https://bcn.cl/2irkh
Ley N° 21.091 https://bcn.cl/2fcks
Ley N° 21.545 https://bcn.cl/3c7ek

4. Ley No 19.712 https://bcn.cl/2fcfz
Política Nacional de Actividad Física y Deporte https://bcn.cl/2f93s
Decreto Universitario Exento N°006808
https://pregrado.fen.uchile.cl/wp-content/uploads/2021/06/decreto_universitario_exento_006808.pdf

5. Decreto 1434 Exento https://bcn.cl/2geg2

Compartir:
https://uchile.cl/u218240
Copiar