Cuando una empresa repacta unilateralmente un crédito implica "una infracción brutal al acto de consumo, que es la libertad de elegir", afirmó el director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Juan Antonio Peribonio. El abogado formado en la U. de Chile fue uno de los expositores del seminario "Caso La Polar: desafíos para la protección de consumidores e inversionistas", convocado por el Centro de Regulación y Competencia de la Facultad (Regcom).
En esta instancia, compartió y explicó la evolución del caso, desde los primeros indicios en julio de 2010, cuando el Sernac recibió 123 reclamos por repactación unilateral de deudas por parte de la empresa La Polar. Desde ese instante, y de acuerdo a lo que estipula la ley del consumidor, el Sernac inició una mediación colectiva, a través de la cual se le solicitaron antecedentes a la empresa.
Lamentablemente, el Sernac no tuvo acceso a los estados financieros y balances, que hubiesen permitido dimensionar oportunamente la gravedad del caso. Precisamente esa es una de las reformas que se plantean con el "Sernac financiero", señaló Peribonio.
Rol del consumidor
"Queremos lograr una cultura de protección al consumidor", porque son éstos los que permiten la existencia de la empresa, recalcó.
El profesor Jaime Lorenzini, coincidió sobre la importancia del consumidor y con los cambios que ha experimentado su rol. Hoy éste tiene la capacidad de reclamar y lo hace, gracias a lo cual podemos detectar "las pequeñas fiebres que luego pueden pasar a ser enfermedades mayores", como lo que sucedió en el caso La Polar.
Abordó también las clausulas abusivas en los contratos de adhesión, en los que se establecen multas desproporcionadas o para reclamos la empresa fija un solo domicilio, aunque tenga presencia nacional, lo que afecta a los consumidores de regiones. Si bien "el papel aguanta todo, la ley no", afirmó el académico.
Por su parte, el director del Regcom, Francisco Agüero, señaló que las distintas disposiciones regulatorias, como la ley de protección al consumidor y la ley general de bancos, no colisionan entre si, por lo que pueden aplicarse simultáneamente.
Dichos planteamientos fueron parte del análisis durante el seminario, en el que además expusieron Mauricio Baquero, director del Observatorio de Derecho Financiero y del Mercado de Valores U. Externado de Colombia; Alejandro Ferreiro, ex superintendente de Valores y Seguros, y los profesores Gonzalo Medina y Francisco Pffefer.
Más noticias
Coyuntura jurídica
Caso La Polar: "infracción brutal" a la libertad de elección
J. Araos, Comunicaciones Derecho U. de Chile
Fotografías: Marco Bozza