Oficina de Atención de Acoso Sexual, la Violencia y Discriminación de Género

Entrega asesoría socio-jurídica a las personas afectadas por violencia de género, informa sobre el proceso de investigación, asesora en la redacción de la denuncia, realiza acompañamiento durante el proceso de presentación de la misma, y realiza la derivación a otras unidades que actúan complementariamente en el proceso.

Para la realización de una denuncia, se consideran las definiciones de las conductas contenidas en el Protocolo de Actuación, que señala:

  • Acoso sexual: cualquier acción o conducta de naturaleza o connotación sexual, sea verbal, no verbal, física, presencial, virtual o telemática, no deseada ni consentida por la persona que la recibe, que atente contra la dignidad de la persona, su libertad o integridad física, sexual, psíquica, emocional, o que cree un entorno intimidatorio, hostil o humillante, o que pueda amenazar, perjudicar o incidir en sus oportunidades, condiciones materiales o rendimiento laboral o académico, con independencia de si tal comportamiento o situación es aislado o reiterado, cuando ocurra en el contexto universitario.

    Para estos efectos, se entenderá que la o las acciones o conductas constitutivas de acoso sexual ocurren en el contexto universitario de conformidad a los términos del artículo 2 de la Ley N°21.369.

  • Violencia de Género: cualquier acción u omisión que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la persona en razón de su género, donde quiera que ocurra, ya sea en el ámbito público o privado.
  • Discriminación Arbitraria: toda distinción, exclusión o preferencia que carezca de fundamentación razonable, y que, basada en motivos de etnia, sexo, género, maternidad, lactancia materna, amamantamiento, edad, estado civil, sindicación, religión, opinión política, nacionalidad, ascendencia nacional, situación socioeconómica, idioma, creencias, participación en organizaciones gremiales, orientación sexual, identidad de género, filiación, apariencia personal, condición de salud, situación de discapacidad, origen social o cualquier otro motivo, tenga por objeto anular o alterar la igualdad de oportunidades en el contexto laboral o educativo, o que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales de las personas.

Se puede denunciar cualquiera de estas conductas, cometidas por personas que estudian o trabajan en la Universidad, en contra de otras personas vinculadas con ella, ocurridas dentro o fuera de sus recintos.

Atención presencial

Dirección: Av. Libertador Bernardo O’Higgins 1058, oficina 224
Horario: 9:00 a 18:00 h
Teléfono: +562 29781171
Correo electrónico: oficinaacososexual@uchile.cl

Una vez realizado el requerimiento, las profesionales de la Oficina tomarán contacto para agendar la hora de atención, dentro de los siguientes cinco días hábiles a la solicitud.

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