Obras

Las obras protegidas por el Derecho de Autor son:

  • Obras literarias como novelas, poemas, obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos; películas, composiciones musicales y coreografías. 
  • Obras artísticas, como pinturas, dibujos, fotografías y esculturas.
  • Obras arquitectónicas, como publicidad, mapas y dibujos técnicos.
  • Obras literario-científicas, como ensayos, tesis, informes de resultados, papers, presentaciones, entre otras.

La protección por derecho de autor abarca únicamente las expresiones de una idea. No están protegidas las ideas por sí mismas, proyectos, metodologías o conceptos matemáticos en sí.

A lo largo del mundo hay muchos museos y librerías poseen archivos y catálogos de obras de acceso público y libre. 

Si bien varios de estos materiales están abiertos a copia y otros usos sin limitaciones legales, otras restricciones, como el derecho a la privacidad o a la publicidad, pueden ser aplicadas.

Las obras huérfanas son aquellas que están protegidas (no han entrado en dominio público), pero se desconoce el paradero de sus autores o titulares, y es imposible contactarse con ellos. 

Las causas para catalogar una obra de “huérfana” van desde la desaparición de las empresas productoras o editoriales o de sus archivos, hasta factores históricos que vuelven complejo determinar los parámetros legales de una determinada obra.

La digitalización progresiva de las obras huérfanas ha traído consigo un amplio debate sobre el grado de acceso que las versiones digitales pueden tener con respecto al original. Hasta hoy, muchas legislaturas permiten que las obras huérfanas digitales puedan ser utilizadas por investigadores, bibliotecas, empresas y usuarios en general. 

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