Tabla resumen

Sujeto de uso

Uso personal y reproducción

Adaptar o traducir

Comunicar públicamente y Distribuir

Público general

Usar fragmentos de obras (excluyendo documentales) con fines de crítica, enseñanza, comentario, caricatura.

Fragmentos de obras, siempre y cuando se cite al autor.

Publicar fotografías de obras arquitectonicas en diarios, revistas u otros.

 

Fragmentos de obras con fines de crítica, ilustración, enseñanza e investigación.

Clases dictadas por profesores (educ. básica, media o superior) podrá, ser usadas libremente, siempre y cuando no se publiquen.

Utilizar obras (videos o fonogramas) dentro del núcleo familiar.

 

Uso de obras para fines judiciales, adminsitrativos y legislativos.

Conferencias, discursos políticos, alegatos, pronunciados en público, podrán usarse libremente, con fines informativos.

Los establecimientos comerciales que vendan y expongan instrumentos musicales, aparatos de radio o televisión, podrán exponer obras o fonogramas para demostración a sus clientes.

   

Fotografiar, grabar (u otro medio), obras arquitectónicas.

 
   

Fotografiar o dibujar (u otro) monumentos, estatuas y obras artísticas de lugares públicos.

 
   

El propietario de una obra arquitectónica podrá introducir modificaciones sin autorización del arquitecto.

 
   

Traducir una obra para uso personal.

 
   

Adaptar o copiar un programa computacional con fines de uso, archivo o respaldo.

 
   

Adaptar un programa computacional con fines de ingeniería inversa.

 
   

Adaptar o copiar un programa computacional con fines de investigación para probar o corregir su funcionamiento o seguridad.

 
   

Realizar una sátira o parodia que contituya aporte artístico.

 
Bibliotecas

Reemplazar un ejemplar de su colección por deterioro (con máximo de 2 copias)

Obras de su colección y que en el plazo de 3 años desde su publicación no tengan traducción al español en nuestro país (en el caso de los libros).

Utilizar material bibliográfico, inclusive audiovisual, para realizar presentaciones, ciclos y actividades culturales

 

Reemplazar un ejemplar de su colección por extravío o pérdida (con máximo de 2 copias)

Traducir obras su colección de publicaciones periódicas que no hayan sido traducidas al español en Chile en el plazo de 1 año.

 
 

Para reemplazar un ejemplar de otra biblioteca por extravío, deterioro pérdida (con máximo de 2 copias)

   
 

Reproducción de fragmentos de obras para uso personal del usuario (por ejemplo: fotocopiar)

   
 

Para incorporar un ejemplar a su colección permanente (con máximo de 2 copias)

   
 

Reprodución electrónica de obras de su colección para ser consultadas dentro de las bibliotecas por sus usuarios, siempre y cuando no se pueda reproducir.

   
Discapacitados

Está permitida la reproducción de obras para beneficiar a personas con discapacidad, ya sea visual, auditiva u otra, siempre y cuando tenga relación con la discapacidad y sea sin fines comerciales.

Realizar adaptaciones de obras dirigidas a personas con dicapacidad, ya sea visual, auditiva u otra, siempre y cuando esta adaptación guarde relación directa con la discapacidad y sea sin fines comerciales.

 

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