A quién está dirigido
Este protocolo aplica a todos(as) quienes tengan una relación laboral con la Universidad de Chile, específicamente a funcionarios(as) de la Universidad de Chile, ya sea académicos(as) o funcionarios(as) del personal de colaboración, como también a quienes se encuentran contratadas bajo convenios a honorarios, en lo que corresponda.
En lo referente a la violencia en el trabajo, este protocolo aplica en lo que sea pertinente, a quienes tienen la calidad de terceros ajenos a la relación laboral, con ocasión de la prestación de servicios por parte de clientes, proveedores, contratistas, subcontratistas, usuarios, visitas, entre otros, cuando ejerzan conductas que afecten a los(as) funcionarios(as) de la Universidad de Chile, ya sea académicos(as) o funcionarios(as) del personal de colaboración
Respecto a los y las estudiantes, se regirán por lo establecido en el Reglamento de Estudiantes, especialmente en el deber de respetar a todos(as) los(as) integrantes de la comunidad universitaria (Artículo 3, número 4) y el Reglamento de Jurisdicción Disciplinaria de los Estudiantes (DU 26.685).