Gestión preventiva

Las acciones coordinadas que se implementarán para la prevención del acoso laboral, acoso sexual  y violencia en el trabajo, contemplan la gestión de los factores de riesgo psicosociales y, la identificación y eliminación de los comportamientos incívicos y sexistas.

Podemos distinguir al menos cuatro grandes etapas en este programa preventivo:

Organización para la gestión del riesgo

La organización de la gestión del riesgo para la prevención del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, se realizará de forma participativa a través la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas en conjunto con los Comités de Aplicación del Cuestionario de Evaluación de Ambientes Laborales y Salud Mental (CEAL- SM).

Semestralmente, se entregará información sobre los canales que mantiene disponibles para la recepción de las denuncias y en cada organismo universitario se dará a conocer, cuando existan, los resultados de la medición de riesgos psicosociales y medidas de mitigación implementadas a propuesta de los comités CEAL-SM.

Las Asociaciones de Funcionarios(as) y Académicos(as), en conformidad a lo dispuesto en la ley 19.296, podrán recabar información sobre el accionar de la Universidad y de los planes, programas y resoluciones relativos a sus funcionarios, en particular referente a los programas prevención de los riesgos establecidos en el presente protocolo y su mejoramiento

Identificación de los riesgos

Para la prevención del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, se identificarán las situaciones y conductas que pueden dar origen al acoso laboral relacionadas con sus características organizacionales y la presencia de factores de riesgos psicosociales laborales, así como la existencia de conductas inciviles o sexistas, de acoso sexual o violencia en el trabajo, a lo menos cada dos años.

La identificación y evaluación de los riesgos se realizará con perspectiva de género y con la participación de los Comités de Aplicación CEAL-SM

Medidas para la prevención

Para  prevenir y eliminar conductas que puedan generar acoso laboral, sexual y abordar la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral:

  • Se tendrán presentes aquellas definidas en el marco de la evaluación de riesgo psicosocial del trabajo CEAL-SM.;
  • Las medidas para abordar la violencia ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, serán definidas considerando la opinión de los trabajadores(as) de las áreas o unidades afectadas;
  • Se realizarán actividades para promover un entorno de respeto en el ambiente de trabajo, considerando la igualdad de trato, no discriminación, y la dignidad de las personas.
  • Las autoridades, jefaturas, académicos(as) y funcionarios del personal de colaboración, se capacitarán en las conductas concretas que podrían llegar a constituir acoso o violencia, las formas de presentación, su prevención y los efectos en la salud de estas conductas, en la identificación y evaluación de los riesgos, y en las medidas de prevención y protección.

Las medidas que se implementarán serán parte del Plan Bianual de Buenas Prácticas Laborales de los organismos universitarios.

Mecanismos de seguimiento

Los organismos universitarios, con la participación de los miembros de los Comités de Aplicación del Cuestionario CEAL-SM, evaluarán anualmente el cumplimiento de las medidas preventivas programadas en esta materia y su eficacia, identificando aspectos para la mejora continua de la gestión de los riesgos, lo que deberá ser informado a la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas.

Dicha evaluación será presentada ante el Consejo Universitario, el Senado Universitario y las asociaciones de funcionarios(as) y académicos(as), constituidas de acuerdo con la Ley N°19.296, que establece normas sobre asociaciones de funcionarios de la Administración del Estado.

Roles y responsabilidades

En la prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, existirán los siguientes roles y responsabilidades:

  • La Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Gestión Institucional, a través de la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas, será responsable de diseñar el Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo. Asimismo, de entregar los lineamientos técnicos a los organismos universitarios, estableciendo los estándares transversales para los programas de prevención otorgando acompañamiento técnico y haciendo seguimiento a su implementación.
  • La autoridad máxima de cada organismo universitario, será responsable de la implementación del Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo. Asimismo, será responsable del diseño e implementación del Plan Bianual de Buenas Prácticas Laborales, que contendrá el programa de prevención del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.
  • Las jefaturas serán responsables de liderar a sus equipos de trabajo en un ambiente de respeto y valoración de la persona, estableciendo relaciones laborales en igualdad de género. Deberán abordar oportunamente los conflictos laborales que se pudieran generar en sus equipos de trabajo.
  • Las Direcciones Económicas junto a las Unidades de Personas de los organismos universitarios, deberán ejecutar el protocolo de prevención del acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo, identificar los factores de  riesgos psicosociales, diseñar y ejecutar el programa de prevención, establecer medidas preventivas y mecanismos de seguimiento de su cumplimiento, de acuerdo a los lineamientos técnicos y estándares transversales establecidos por la Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas.
  • Los Comité de Aplicación CEAL-SM, de cada organismo universitario serán responsables de participar en la identificación de los factores de riesgo, seguimiento y evaluación de las medidas para la prevención.
  • Los(as) prevencionistas de riesgos, son los responsables de la gestión preventiva, en el marco de la Ley 16.744 de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, debiendo identificar y evaluar los riesgos, desarrollar medidas de mitigación que debe ser incorporados en los Programas anuales de gestión de salud y seguridad en el trabajo de cada organismo universitario.
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