Presentación de la denuncia

Las denuncias podrán presentarse ante las siguientes autoridades y organismos universitarios receptores, a elección de la persona denunciante, quienes no podrán excusarse de recibirlas y canalizarlas, según corresponda: 

  1. El/la Director/a Jurídico/a, autoridad competente para ordenar o desestimar la instrucción de procedimientos disciplinarios en la materia. 

  2. La Dirección de Gestión y Desarrollo de Personas, si el/la denunciante es académico/a o personal de colaboración, en caso de que se trate de una denuncia por acoso laboral o violencia en el trabajo.

  3. En los casos de violencia en el trabajo se estará a lo dispuesto en el Protocolo para la Prevención del Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo;

  4. La Dirección de Igualdad de Género, en caso que se trate de una denuncia por acoso sexual, violencia de generó o discriminación arbitraria por razón de género si la persona denunciante es académico/a, personal de colaboración o estudiante. 

  5. La respectiva jefatura del/la funcionario/a denunciante o la máxima autoridad de la Unidad.

  6. Los mecanismos electrónicos provistos por la Universidad para formulación y envío de denuncia escrita virtual, que estarán disponibles en el sitio web institucional de la Universidad y de todas las Facultades e Institutos uchile.cl/acoso-laboral

Al momento de recibir la denuncia el/la funcionario/a receptor deberá:

  • Entregar a la persona denunciante una copia material o acuse de recibo, haciendo constar la fecha de su recepción y la identificación del organismo o funcionario receptor, mediante timbre del organismo o identificación y firma del/la funcionario/a. 

  • Informar a la persona denunciante sus derechos y los efectos legales que pudiese tener su denuncia. 

  • Informar al/lal Director/a Jurídico/a dentro de 24 horas siguientes de los anteriores hechos.

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