Reglamento para la elección de integrantes del Senado Universitario
IV. DE LA ELECCION
Artículo 20°.
Las elecciones se efectuarán en la forma de votaciones secretas e informadas, que se realizarán en la fecha establecida en el numeral 5 del Decreto Exento N° 004960, de 2006, con la sola excepción del estamento de los estudiantes y del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
En consecuencia, las elecciones de los estamentos académicos y del personal de colaboración se efectuarán el día jueves 15 de junio de 2006.
Las elecciones del estamento de estudiantes se realizarán los días miércoles 14 y jueves 15 de junio de 2006, y en esas mismas fechas se efectuará la votación de los académicos y del personal de colaboración del Hospital Clínico de la Universidad de Chile.
En caso de ser necesario y corresponder, se efectuará una segunda vuelta el día jueves 22 de junio de 2006, que corresponde a una fecha única para todos los estamentos.
Para tales efectos, las Juntas Electorales Locales administrarán las medidas necesarias destinadas a asegurar que cada sufragante ejerza su derecho en forma libre, informada y privada.
Los estudiantes del Programa de Bachillerato sufragarán en la Facultad de Ciencias.