Escala de Sueldos para el Personal de la Universidad de Chile 2013

Artículo 1°

 

            Reajústese a partir del 1° de enero de 2012, en un 5% la Escala de Sueldos para el personal de la Universidad de Chile, cuya jornada de trabajo sea de 44 horas semanales, la cual queda en los siguientes montos:

 

Grado Sueldo Base Mensual
1 $1.001.179
2 $944.509
3 $891.045
4 $840.612
5 $793.030
6 $748.137
7 $705.795
8 $665.835
9 $628.150
10 $592.599
11 $559.055
12 $527.413
13 $497.560
14 $469.403
15 $442.830
16 $417.769
17 $394.118
18 $371.813
19 $350.762
20 $330.912
21 $312.179
22 $294.515
23 $277.845
24 $262.112
25 $247.289

 

 

Artículo 2°

 

            El sueldo base del personal de la Universidad de Chile, con nombramiento de jornada parcial y horaria se ajustará en proporción a la jornada u horas de nombramiento respec­tivas, tomando como base el que le correspondería si cumplieran una jornada de 44 horas semanales.

 

Artículo 3°

 

            Reajústese a contar de igual fecha y en el mismo porcen­taje señalado en el artículo 1° del presente decreto, la Asignación de Responsabilidad Directiva, establecida en el D.U. N°4053 de 1993, y sus modificaciones posteriores, cuyos montos se encuentran vigentes al 31 de diciembre de 2012.

 

Artículo 4°

 

            Las asignaciones de pérdida de caja, familiar, cambio de residencia, de movilización especial, se regirán por las normas vigentes para los trabajadores del Sector Público y la asignación de zona, será equivalente a los porcentajes establecidos en el D.L. N° 249, de 1974.

 

            Las asignaciones de colación y movilización se regirán por las disposiciones del artículo 9 del D.L. N° 249, de 1974 y D.L. N° 300 de 1974, respectivamente, cuyos montos son los siguientes, a partir del 1° de diciembre de 2012:

 

 

Asignación de Colación $6.482
Asignación de Movilización $5.308

Artículo 5°

 

            La asignación profesional establecida en el artículo 3 del D.L.N° 479 de 1974, se calculará sobre los sueldos bases de la Escala Única de sueldos fijada por el D.L. N° 249 de 1974, y sus modificaciones, aplicándose a cada grado el porcentaje respectivo.

 

Artículo 6°

 

            A partir del 1° de enero de 2012, la Escala de Sueldos del personal de la Universidad de Chile afecto a la Ley 15.076 será la siguiente:

 

Horas Sueldo Base Mensual
11 $44.348
22 $88.704
28 $112.886
33 $133.036
44 $177.379

 

 

Artículo 7°

 

            Las asignaciones del personal de la Universidad de Chile afecto a la Ley 15.076, se regirán por las normas vigentes en esta Corporación.

 

            Impútese el gasto correspondiente al título A; Subtítulo 1 Ítem 1.1; 1.2 y 1.3 del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Universidad de Chile.

 

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